DECRETO 97 DE 2003

Decretos 2003

DECRETO 97 DE 2003    

(enero 20)    

por el cual se retira del servicio a un notario y  se efectúa un nombramiento 

  en interinidad.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le  confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política,  los artículos 181 y 182 del Decreto Ley 960 de  1970, 5° del Decreto 2163 de 1970,  66 y 74 del Decreto  Reglamentario 2148 de 1983 y 1° del Decreto 3047 de 1989,  y    

CONSIDERANDO:    

Que el doctor Jaime Rubio Mercado, Notario Cuarto  del Círculo de Ibagué, Tolima, cumplió 65 años de edad el 20 de septiembre de  2002, según se infiere de la copia de la partida de bautismo que reposa en los  archivos de la Superintendencia de Notariado y Registro;    

Que el Decreto 3047 de 1989,  establece como edad de retiro forzoso para los notarios, la de 65 años;    

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 182  del Decreto ley 960 de  1970, el retiro se producirá a solicitud del interesado, del Ministerio  Público, de la Vigilancia Notarial, o de oficio, dentro del mes siguiente a la  ocurrencia de la causa;    

Que por los motivos mencionados se hace necesario  retirar del servicio al doctor Jaime Rubio Mercado y proveer el cargo de  Notario Cuarto del Círculo de Ibagué, Tolima;    

Que con fundamento en la información contenida en  la hoja de vida del doctor Alfonso Portela Herrán, identificado con la cédula  de ciudadanía 93200555 expedida en Purificación, Tolima, el Superintendente de  Notariado y Registro certifica que el citado profesional reúne los requisitos  exigidos en el artículo 153 del Decreto ley 960 de  1970, para desempeñarse como Notario de Primera Categoría;    

Por lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Retirar del servicio al doctor Jaime  Rubio Mercado, identificado con la cédula de ciudadanía 2886798 expedida en  Bogotá, Notario Cuarto del Círculo de Ibagué, Tolima.    

Artículo 2°. Nombrar en interinidad en el cargo de  Notario Cuarto del Círculo de Ibagué, Tolima, al doctor Alfonso Portela Herrán  identificado con la cédula de ciudadanía 93200555, expedida en Purificación,  Tolima.    

Artículo 3°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de enero de 2003.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

Fernando Londoño Hoyos.    

               

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