DECRETO 898 DE 2004
(marzo 23)
por el cual se modifica la planta de personal administrativo del Instituto Técnico Central y se dictan otras disposiciones.
Nota: Derogado por el Decreto 903 de 2013, artículo 8º.
El Ministro del Interior y de Justicia, Delegatario de las funciones Presidenciales de la República de Colombia, conferidas mediante Decreto 843 del 18 de marzo de 2004, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Técnico Central presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar la planta de personal administrativo del Instituto, el cual obtuvo concepto favorable de este Departamento Administrativo;
Que para los fines de este decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó el certificado de viabilidad presupuestal;
Que el Consejo Directivo del Instituto Técnico Central en su sesión del 12 de febrero de 2004 decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la planta de personal administrativo,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímese de la planta de personal administrativo del Instituto Técnico Central, el cargo que se relaciona a continuación:
Planta Global
Número
de cargos Denominación del cargo Código Grado
1 (Uno) Auxiliar de Técnico 4110 03
Artículo 2°. Créase en la planta de personal administrativo del Instituto Técnico Central, el cargo que se relaciona a continuación:
Planta Global
Número
de cargos Denominación del cargo Código Grado
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 07
Artículo 3°. Aclárese el artículo 2º del Decreto 298 del 29 de enero de 2004, por el cual se modifica la planta de personal administrativo del Instituto Técnico Central y se dictan otras disposiciones, en el sentido de que el código que corresponde para la denominación del cargo de Técnico Operativo es 4080 y no como aparece en el citado decreto.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 298 de 2004.
Publíquese y cúmplase
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de marzo de 2004.
SABAS PRETELT DE LA VEGA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
La Ministra de Educación Nacional,
Cecilia María Vélez White.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Antonio Grillo Rubiano.