DECRETO 866 DE 2003
(abril 8)
por el cual se modifica el artículo 14 del Decreto 2170 de 2002.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y constitucionales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1°. Deróguese el parágrafo del artículo 14 del Decreto 2170 de 2002.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 8 de abril de 2003.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fernando Londoño Hoyos.
El Ministro de Transporte,
Andrés Uriel Gallego Henao.
El Director del Departamento Nacional de Planeación,
Santiago Montenegro Trujillo