DECRETO 633 DE 2003

Decretos 2003

DECRETO 633 DE 2003    

(marzo  18)    

por  el cual se autoriza una compensación de requisitos para el desempeño de un  cargo.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le  confiere el artículo 33 del Decreto 861 de 2000,  y    

CONSIDERANDO:    

Que  el artículo 33 del Decreto ley 861 de  2000, dispone que en casos excepcionales el Presidente de la República  podrá autorizar la compensación de los requisitos señalados para el desempeño  de un cargo por experiencia sobresaliente en el desempeño de una disciplina,  ocupación, arte y oficio, previa recomendación que para el efecto le haga la  Comisión Evaluadora de los méritos del candidato;    

Que  atendiendo a la solicitud motivada que le formulara el Ministro de Minas y  Energía, la Comisión de que trata el considerando anterior, en reunión del 27  de febrero de 2003, tal como consta en el Acta 36 de la misma fecha, recomendó  al Presidente de la República autorizar la compensación de los requisitos  conforme a lo dispuesto por el artículo 33 del Decreto ley 861 de  2000, por la experiencia adquirida a través del desempeño de los cargos,  actividades y reconocimientos, que el señor José Jaime Uribe Echeverry, cuenta  con el perfil y experiencia sobresaliente para desempeñar el cargo de Gerente  Liquidador de la Empresa Carbones de Colombia S. A., Carbocol,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Autorízase la compensación de los requisitos establecidos para desempeñar  el cargo de Gerente Liquidador de la Empresa Carbones de Colombia S. A.,  Carbocol, al señor José Jaime Uribe Echeverry, identificado con la cédula de  ciudadanía 3318046 de Medellín, conforme al artículo 33 del Decreto 861 de 2000.    

Artículo  2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 18 de marzo de 2003.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El  Ministro de Minas y Energía:    

Luis  Ernesto Mejía Castro.    

El  Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Fernando  Antonio Grillo Rubiano.    

               

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