DECRETO 555 DE 2004

Decretos 2004

  

DECRETO  555 de 2004     

(Febrero 25)    

por el cual se delegan unas funciones constitucionales    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le  confiere el artículo 196 de la  Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el  Presidente de la República se trasladará el día 27 de febrero del presente año  a la ciudad de Caracas-República Bolivariana de Venezuela, con el fin de  asistir a la XII Cumbre  de Jefes de Estado y/o de Gobierno del Grupo de los Quince;    

Que de  conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia  establecida en las leyes, el Ministro del Interior y de Justicia, está  habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegat  ario,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón  del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse  en el Ministro del Interior y de Justicia, doctor Sabas Pretelt de la Vega, las  funciones correspondientes a los siguientes asuntos:    

1.  Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2; 303,  304 y 314.    

2.  Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades  extraordinarias concedidas al Presidente de la República.    

3.  Artículos 163, 165 y 166.    

4.  Artículos 200 y 201.    

5.  Artículos 213, 214 y 215.    

Artículo  2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 25 de febrero de 2004.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

           

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