DECRETO 4430 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 4430 DE 2004    

(diciembre 30)    

por el cual se suprimen unos cargos vacantes de la planta  de personal del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma  Urbana, Inurbe, en liquidación.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  las facultades que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 115 de la Ley 489 de1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto  554 del 10 de marzo de 2003, “por el cual se suprime el Instituto  Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, y se ordena su  liquidación”;    

Que el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y  Reforma Urbana, Inurbe, en liquidación, presentó al Departamento Administrativo  de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, el  cual emitió concepto técnico favorable;    

Que la Dirección Nacional de Presupuesto del Ministerio de  Hacienda y Crédito Público, expidió el respectivo concepto de viabilidad  presupuestal;    

Que la Junta Liquidadora del Instituto Nacional de  Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en liquidación, sometió a  aprobación del Gobierno Nacional la supresión de cargos de la planta de  personal de acuerdo con el Acta número 2 del 28 de enero de2004,    

DECRETA:    

Artículo 1°.Suprímenselos siguientes cargos vacantes de la  planta de personal del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y  Reforma Urbana, Inurbe, en liquidación, atendiendo a que en este momento se  encuentran vacantes en la planta de personal del Instituto:    

Número

  de Cargos                  Dependencia y  Denominación del Cargo  Código       Grado    

PLANTA GLOBAL    

2(dos)     Asesor                                   102005    

1(uno)     Jefe de División                       204018    

1(uno)     Profesional especializado          301018    

10(diez)   Profesional                          especializado 301016    

2(dos)     Auxiliar administrativo              512011    

1(uno)     Conductor  mecánico                531011    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha  de su publicación y modifica las disposiciones que lesean contrarias, en  especial el Decreto 1832 de 1997.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 30 d diciembre de 2004.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo  Territorial,    

Sandra Suárez Pérez.    

El Director Departamento Administrativo de la Función  Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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