DECRETO 4348 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 4348 DE 2004    

(diciembre  22)    

por el  cual se reglamenta el artículo 119 del Estatuto Tributario.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus  facultades constitucionales y legales, en especial de las consagradas en el numeral  11 del artículo 189 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Monto a deducir por  intereses sobre préstamos de vivienda y contratos de leasing habitacional. Para  efectos de la deducción sobre préstamos para adquisición de vivienda del  trabajador a que se refiere el artículo 119 del Estatuto Tributario o del costo  financiero en virtud de un contrato de leasing habitacional para vivienda del  trabajador, el valor máximo a deducir por estos conceptos para el año gravable  2004 es la suma de veintitrés millones cuatrocientos sesenta y dos mil pesos  ($23.462.000), sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos establecidos.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir del primero (1°) de enero del año 2005, previa su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 22 de diciembre de 2004.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto  Carrasquilla Barrera    

               

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