DECRETO 4110 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 4110 DE 2004    

(diciembre 9)    

por el cual se reglamenta la Ley 872 de 2003 y se  adopta la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública.    

Nota: Modificado  parcialmente por el Decreto 4485 de 2009.    

El Presidente de  la República, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las conferidas por el artículo 189 numeral 11 de la Constitución  Política y el artículo 6° de la Ley 872 de 2003,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Adóptase la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública,  NTCGP 1000:2004, la cual determina las generalidades  y los requisitos mínimos para establecer, documentar, implementar y mantener un  Sistema de Gestión de la Calidad en los organismos, entidades y agentes  obligados conforme al artículo 2° de la Ley 872 de 2003;    

La Norma Técnica  de Calidad en la Gestión Pública, NTCGP 1000:2004 es  parte integrante del presente decreto, de obligatoria aplicación y  cumplimiento, con excepción de las notas que expresamente se identifican como  de carácter informativo, las cuales se presentan a modo de orientación para la  comprensión o clarificación del requisito correspondiente.    

Artículo 2°. El  establecimiento y desarrollo del Sistema de Gestión de la Calidad en los  organismos y entidades públicas a que hace referencia el artículo 2° de la Ley 872 de 2004, será  responsabilidad de la máxima autoridad de la entidad u organismo  correspondiente y de los jefes de cada dependencia de las entidades y  organismos, así como de los demás funcionarios de la respectiva entidad.    

Artículo 3°.  Como mecanismo para facilitar la evaluación por parte de la alta dirección, de  los ciudadanos y de los organismos de control de la aplicación del Sistema de  Gestión de la Calidad, cada entidad con fundamento en el literal h del artículo  4° de la Ley 872 de 2003,  deberá diseñar un sistema de seguimiento que incluya indicadores de eficacia,  eficiencia y efectividad.    

Los procesos que  revisten mayor importancia para los usuarios deberán estar permanentemente  publicados en las respectivas páginas Web de los organismos y entidades, o en  cualquier otro medio de divulgación, informando sus resultados a través de  indicadores de eficacia, eficiencia y efectividad.    

Artículo 4°. Los  estímulos y reconocimientos para aquellas entidades del orden nacional y  territorial que hayan implementado Sistemas de Gestión de la Calidad exitosos,  se hará a través del Premio Nacional de Alta Gerencia y Banco de Exitos que lidera el Departamento Administrativo de la  Función Pública.    

Artículo 5.  Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá,  D. C., a 9 de diciembre de 2004.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Director del  Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

NORMA TECNICA  DE CALIDAD EN LA GESTION PUBLICA NTCGP  1000:2004    

SISTEMA DE GESTION DE LA CALIDAD PARA LA RAMA EJECUTIVA DEL PODER  PUBLICO Y OTRAS ENTIDADES PRESTADORAS DE SERVICIOS.    

REQUISITOS    

1. INTRODUCCION    

1.1  Generalidades    

En cumplimiento de  lo establecido en el artículo 6º de la Ley 872 de 2003, esta  norma establece los requisitos para la implementación de un sistema de gestión  de la calidad aplicable a la rama ejecutiva del poder público y otras entidades  prestadoras de servicios.    

Nota: En adelante, y a lo largo de esta norma, el término «entidad»  hace referencia a todas aquellas entidades y organismos a las cuales se les  aplica la Ley 872 de 2003 y que  se citan en el numeral 3.23 de esta norma.    

Esta norma está  dirigida a todas las entidades, y tiene como propósito mejorar su desempeño y  su capacidad de proporcionar productos y/o servicios que respondan a las  necesidades y expectativas de sus clientes.    

La orientación  de esta norma promueve la adopción de un enfoque basado en los procesos, el  cual consiste en identificar y gestionar, de manera eficaz, númerosas  actividades relacionadas entre sí. Una ventaja de este enfoque es el control  continuo que proporciona sobre los vínculos entre los procesos individuales que  hacen parte de un sistema conformado por procesos, así como sobre su  combinación e interacción.    

El modelo de un  sistema de gestión de la calidad basado en procesos que se muestra en la Figura  1 ilustra los vínculos entre los procesos presentados en los capítulos 4 a 8.  Esta figura muestra que los clientes juegan un papel significativo para definir  los requisitos como elementos de entrada. El seguimiento de la satisfacción del  cliente requiere la evaluación de la información relativa a la percepción del  cliente acerca del cumplimiento de la entidad con respecto a sus requisitos. El  modelo mostrado en la Figura 1 cubre todos los requisitos de esta norma, pero  no refleja los procesos de una forma detallada.    

Nota: De manera adicional, puede aplicarse a todos los procesos la  metodología conocida como «Planificar-Hacer-Verificar-Actuar» (PHVA). PHVA puede describirse  brevemente como:    

Planificar:  establecer los objetivos y procesos necesarios para conseguir resultados de  acuerdo con los requisitos del cliente y las políticas de la entidad.    

Hacer:  Implementar los procesos.    

Verificar: Realizar el seguimiento y la medición de los procesos y los  productos y/o servicios respecto a las políticas, los objetivos y los  requisitos para el producto y/o servicio, e informar sobre los resultados.    

Actuar: tomar acciones para mejorar continuamente el desempeño de  los procesos.    

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Figura 1. Modelo  de un sistema de gestión de la calidad basado en procesos    

Un enfoque de  este tipo, cuando se utiliza dentro de un sistema de gestión de la calidad,  enfatiza sobre la importancia de:    

a) La  comprensión y el cumplimiento de los requisitos;    

b) La necesidad  de considerar los procesos en términos que aporten valor;    

c) La obtenció n de resultados del desempeño y la eficacia del  proceso, y    

d) La mejora  continua de los procesos con base en mediciones objetivas.    

Esta norma es de  aplicación genérica y no es su propósito establecer uniformidad en la  estructura y documentación del sistema de gestión de la calidad de las  entidades, puesto que reconoce que estas están influenciadas por diferentes  marcos legales, objetivos, estructuras, tamaños, necesidades, procesos y  productos y/o servicios que suministran.    

Como base para  la elaboración de este documento se han empleado las normas internacionales de  la serie ISO 9000:2000 sobre gestión de la calidad.  En esta medida, la implementación de la presente norma permite el cumplimiento  de la norma internacional ISO 9001:2000, puesto que  ajusta la terminología y los requisitos de esta a la aplicación específica en  las entidades. Sin embargo, la presente norma integra requisitos y conceptos  adicionales a los del estándar ISO. En el Anexo A se  presenta una correlación entre los requisitos de esta norma y los de la ISO 9001:2000.    

Sobre este  particular, se hace énfasis especial en la importancia de que el aumento de la  satisfacción de los clientes y la mejora en el desempeño de las entidades debe  ser la motivación para la implementación de un sistema de gestión de calidad, y  no simplemente la certificación con norma internacional, la cual debe verse  como un reconocimiento pero nunca como un fin.    

Los requisitos  del sistema de gestión de la calidad especificados en esta norma son  complementarios a los requisitos específicos para los productos y/o servicios.  La información identificada como «NOTA» se presenta a modo de orientación para  la comprensión o clarificación del requisito correspondiente.    

1.2  Principios de gestión de la calidad para la Rama Ejecutiva del Poder Público y  otras entidades prestadoras de servicios    

Los principios  del sistema de gestión de la calidad se enmarcan, integran, complementan y  desarrollan dentro de los principios constitucionales de la función pública.    

Se han  identificado los siguientes principios de gestión de la calidad, que pueden ser  utilizados por la alta dirección con el fin de conducir a la entidad hacia una  mejora en su desempeño:    

a) Enfoque hacia  el cliente: la razón de ser de las entidades es prestar un servicio dirigido a  satisfacer a sus clientes; por lo tanto, es fundamental que las entidades  comprendan cuáles son las necesidades actuales y futuras de los clientes, que  cumpla con sus requisitos y que se esfuercen por exceder sus expectativas;    

b) Liderazgo:  desarrollar una conciencia hacia la calidad implica que la alta dirección de  cada entidad es capaz de lograr la unidad de propósito dentro de esta,  generando y manteniendo un ambiente interno favorable, en el cual los  servidores públicos y/o particulares que ejercen funciones públicas puedan  llegar a involucrarse totalmente en el logro de los objetivos de la entidad;    

c) Participación  activa de los servidores públicos y/o particulares que ejercen funciones  públicas: es el compromiso de los servidores públicos y/o de los particulares  que ejercen funciones públicas, en todos los niveles, que permite el logro de  los objetivos de la entidad;    

d) Enfoque  basado en los procesos: En las entidades existe una red de procesos, la cual al  trabajar articuladamente, permite generar valor. Un resultado deseado se  alcanza más eficientemente cuando las actividades y los recursos relacionados  se gestionan como un proceso;    

e) Enfoque del  sistema para la gestión: el hecho de identificar, entender, mantener, mejorar  y, en general, gestionar los procesos y sus interrelaciones como un sistema  contribuye a la eficacia, eficiencia y efectividad de las entidades en el logro  de sus objetivos;    

f) Mejora  continua: siempre es posible implementar maneras más prácticas y mejores para  entregar los productos o prestar servicios en las entidades. Es fundamental que  la mejora continua del desempeño global de las entidades sea un objetivo  permanente para aumentar su eficacia, eficiencia y efectividad;    

g) Enfoque  basado en hechos para la toma de decisiones: en todos los niveles de la entidad  las decisiones eficaces, se basan en el análisis de los datos y la información,  y no simplemente en la intuición;    

h) Relaciones  mutuamente beneficiosas con los proveedores de bienes o servicios: las  entidades y sus proveedores son interdependientes; una relación beneficiosa,  basada en el equilibrio contractual aumenta la capacidad de ambos para crear  valor;    

i) Coordinación,  cooperación y articulación: el trabajo en equipo, en y entre entidades es  importante para el desarrollo de relaciones que beneficien a sus clientes y que  permitan emplear de una manera racional los recursos disponibles;    

j) Transparencia.  La gestión de los procesos se fundamenta en las actuaciones y las decisiones  claras; por lo tanto, es importante que las entidades garanticen el acceso a la  información pertinente de sus procesos facilitando el control social.    

1.3  Compatibilidad con otros Sistemas de Gestión    

Este sistema es  complementario con los sistemas de control interno y desarrollo administrativo.    

Es posible, para  una entidad, adaptar su(s) sistema(s) de gestión de la calidad existente(s)  para que cumpla con los requisitos de esta norma.    

El sistema de  gestión de la calidad debe entenderse como una herramienta que comparte algunos  elementos con otros sistemas. Por lo tanto, es posible que la implementación de  algunos de los requisitos de esta norma permita el cumplimiento, total o  parcial, de requisitos de otros sistemas. En la implementación del sistema de  gestión de la calidad se debe tener cuidado especial en la identificación de  estos elementos comunes, para evitar que se dupliquen esfuerzos.    

Específicamente,  para el caso de los sistemas de control interno y de desarrollo administrativo  algunos elementos de convergencia, se han identificado en el Anexo C de esta  norma.    

Nota 1. Esta norma se puede integrar con otros sistemas en la  entidad, tales como, los relacionados con gestión ambiental, salud y seguridad  ocupacional. En la norma NTC-OHSAS  18001 se presenta, a modo de orientación, una comparación entre los elementos  de estos sistemas de gestión con base en normas internacionales.    

Nota 2. Para algunas de las entidades a las cuales se aplica la Ley 872 de 2003  existen definidos sistemas específicos de carácter obligatorio o voluntario,  relacionados con la gestión de la calidad como por ejemplo el «Sistema  Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud del Sistema General  de Seguridad Social en Salud». (Decreto 2309 de 2002,  expedido en desarrollo de la Ley 715 de 2001).  En la medida en que son sistemas diseñados para un sector determinado,  contienen requisitos específicos e incluso adicionales a los aquí definidos que  propenden por el mejor desempeño del sector. Teniendo en cuenta que la presente  norma es genérica es posible implementar un único sistema de gestión de la  calidad optimizando el uso de recursos y evitando que se dupliquen esfuerzos.    

2. OBJETO Y  CAMPO DE APLICACION    

2.1 Objeto    

Esta norma  especifica los requisitos para un sistema de gestión de la calidad aplicable a  entidades a que se refiere la Ley 872 de 2003, el  cual se constituye en una herramienta de gestión que permite dirigir y evaluar  el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la  prestación de los servicios a cargo de las entidades.    

2.2  Aplicación    

Todos los  requisitos de esta norma son genéricos, y se pretende que sean aplicables a  todas las entidades dentro del alcance de la Ley 872 de 2003, sin  importar su tipo, tamaño, producto o servicio suministrado.    

Cuando uno o  varios requisitos de esta norma no se puedan aplicar debido a la naturaleza de  la entidad y de su producto o servicio, pueden considerarse para su exclusión.  Las exclusiones, están restringidas a los requisitos expresados en el Capítulo  7, y tales exclusiones no deben afectar la capacidad o responsabilidad de la  entidad para proporcionar productos y/o servicios que cumplan con los  requisitos del cliente y los legales que le son aplicables.    

3. TERMINOS Y DEFINICIONES    

Los siguientes  términos y definiciones son aplicables para el propósito de esta norma:    

3.1 Acción  correctiva    

Conjunto de  acciones tomadas para eliminar la(s) causa(s) de una no conformidad detectada u  otra situación indeseable.    

Nota 1: Puede haber más de una causa para una no conformidad.    

Nota 2: La acción correctiva se toma para prevenir que algo vuelva a  producirse, mientras que la acción preventiva se toma para prevenir que algo  suceda.    

Nota 3: Existe diferencia entre corrección y acción correctiva.    

3.2 Acción  preventiva    

Conjunto de  acciones tomadas para eliminar la(s) causa(s) de una no conformidad potencial u  otra situación potencialmente indeseable.    

Nota 1: Puede haber más de una causa para una no conformidad  potencial.    

Nota 2: La acción preventiva se toma para prevenir que algo suceda,  mientras que la acción correctiva se toma para prevenir que vuelva a  producirse.    

3.3 Adquisición  de bienes y servicios    

Cualquier  modalidad de contratación, convenio, concesión o provisión de bienes y/o  servicios, inherentes al cumplimiento de la misión de la entidad.    

3.4 Alta  dirección    

Persona o grupo  de personas que dirigen y controlan al más alto nivel una entidad.    

3.5 Ambiente  de trabajo    

Conjunto de  condiciones bajo las cuales se realiza el trabajo.    

Nota: En el ámbito de esta norma las condiciones incluyen  solamente aquellas que puedan tener una influencia significativa sobre el  producto o servicio. Algunos ejemplos son: metodologías de trabajo creativas y  oportunidades de aumentar la participación activa de los servidores públicos  y/o particulares que ejercen funciones públicas, la ubicación del lugar de  trabajo, interacción social, ergonomía, instalaciones para el personal en la  entidad, calor, humedad, luz, flujo de aire, higiene, limpieza, ruido,  vibraciones y contaminación.    

3.6 Auditoría interna    

Proceso  sistemático, independiente y documentado para obtener evidencias que, al  evaluarse de manera objetiva, permiten determinar la extensión en que se  cumplen los criterios definidos para la auditoría  interna.    

Nota: Las evidencias consisten en registros, declaraciones de  hechos o cualquier otra información que sea pertinente para los criterios de auditoría, y que sea verificable.    

3.7 Autoridad    

Poder con que se  cuenta o que se ha recibido por delegación.    

3.8 Calidad    

Grado en el que un  conjunto de características inherentes cumple con los requisitos.    

Nota 1: El término «calidad» puede utilizarse acompañado de  adjetivos tales como pobre, buena o excelente.    

Nota 2: «Inherente», en contraposición a «asignado», significa que  existe en algo especialmente, como una característica permanente.    

3.9 Capacidad  de una entidad    

Aptitud de una  entidad, sistema o proceso para realizar un producto o prestar un servicio que  cumple los requisitos para ese producto o servicio.    

3.10 Cliente    

Organización, entidad  o persona que recibe un producto y/o servicio.    

Nota 1: Para efectos de esta norma, y de conformidad con la Ley 872 de 2003, el  término cliente incluye a los destinatarios, usuarios o beneficiarios.    

Nota 2: El cliente puede ser interno o externo a la entidad.    

3.11 Competencia    

Habilidad  demostrada para aplicar conocimientos y aptitudes.    

3.12 Concesión    

Autorización  para utilizar o liberar un producto que no es conforme con los requisitos especificados.    

Nota: Una concesión está generalmente limitada a la entrega de un  producto que tiene características no conformes, dentro de límites definidos  por un tiempo o una cantidad acordados.    

3.13 Confirmación  metrológica    

Conjunto de  operaciones necesarias para asegurar que el equipo de medición cumple con los  requisitos para su uso previsto.    

Nota 1: La confirmación metrológica  incluye, generalmente, calibración y/o verificación, cualquier ajuste necesario  o reparación y posterior recalibración, comparación  con los requisitos metrológicos para el uso previsto  del equipo de medición, así como cualquier sellado y etiquetado requeridos.    

Nota 2: La confirmación metrológica no se  consigue hasta que se demuestre y documente la adecuación de los equipos de  medición para la utilización prevista.    

Nota 3: Los requisitos relativos a la utilización prevista pueden  incluir consideraciones tales como el rango, la resolución, los errores máximos  permisibles, etc.    

Nota 4: Los requisitos de confirmación metrológica  son, normalmente, distintos de los requisitos del producto y/o servicio y no se  encuentran especificados en los mismos.    

3.14 Conformidad    

Cumplimiento de  un requisito.    

3.15 Control de la calidad    

Parte de la  gestión de la calidad orientada al cumplimiento de los requisitos de la  calidad.    

3.16 Corrección    

Acción tomada  para eliminar una no conformidad detectada.    

Nota: Una corrección puede realizarse junto con una acción  correctiva.    

3.17 Diseño y  desarrollo    

Conjunto de  procesos que transforma los requisitos de una política, programa, proyecto o  cliente en características especificadas o en la especificación de un proceso o  sistema, producto y/o servicio.    

3.18 Documento    

Información y su  medio de soporte.    

Ejemplo: Registro, especificación, procedimiento documentado, dibujo,  informe, norma.    

Nota: El medio de soporte puede ser papel, magnético, óptico o  electrónico, muestra patrón o una combinación de estos.    

3.19 Efectividad    

Medida del  impacto de la gestión tanto en el logro de los resultados planificados, como en  el manejo de los recursos utilizados y disponibles.    

Nota: La medición de la efectividad se denomina en la Ley 872 de 2003 como  una medición del impacto.    

3.20 Eficacia    

Grado en el que  se realizan las actividades planificadas y se alcanzan los resultados  planificados.    

Nota: La medición de la eficacia se denomina en la Ley 872 de 2003 como  una medición de resultado.    

3.21 Eficiencia    

Relación entre  el resultado alcanzado y los recursos utilizados.    

3.22 Enfoque  basado en los procesos    

Identificación y  gestión sistemática de los procesos empleados en las entidades. En particular,  las interacciones entre tales procesos se conocen como «enfoque basado en los  procesos».    

3.23 Entidades    

Entes de la rama  ejecutiva del poder público y otros prestadores de servicios cubiertos bajo la Ley 872 de 2003.    

Nota 1: Según el artículo 2° de la Ley 872 de 2003, el sistema  de gestión de la calidad se desarrollará y se pondrá en funcionamiento en forma  obligatoria en los organismos y entidades del sector central y del sector  descentralizado, por servicios de la rama ejecutiva del poder público del orden  nacional, y en la gestión administrativa necesaria para el desarrollo de las  funciones propias de las demás ramas del poder público en el orden nacional.  Así mismo, en las corporaciones autónomas regionales, las entidades que  conforman el Sistema de Seguridad Social Integral de acuerdo con lo definido en  la Ley 100 de 1993, y de  modo general, en las empresas y entidades prestadoras de servicios públicos  domiciliarios y no domiciliarios de naturaleza pública o las privadas  concesionarias del Estado.    

Nota 2: Las Asambleas y Concejos podrán disponer la obligatoriedad  del desarrollo del Sistema de Gestión de la Calidad en las entidades de la administración  central y descentralizadas de los departamentos y municipios.    

3.24 Equipo  de medición    

Instrumento de medición, software,  patrón de medición, material de referencia o equipos auxiliares, o combinación  de ellos, necesarios para llevar a cabo un proceso de medición.    

3.25 Especificación    

Documento que  establece requisitos.    

Nota: Una especificación puede estar relacionada con actividades  (por ejemplo, procedimiento documentado, especificación de proceso y  especificación de ensayo / prueba), o con productos o servicios (por ejemplo,  una especificación de producto, una especificación de desempeño, un plano o una  especificación de un servicio derivada de una reglamentación).    

3.26 Estructura  de la entidad    

Disposición de  responsabilidades, autoridades y relaciones entre el personal.    

Nota 1: Dicha disposición es, generalmente, ordenada. En entidades  del Estado la estructura organizacional está definida, normalmente, por la ley.    

Nota 2: Habitualmente, se incluye una expresión formal de la estructura  de las entidades en un manual de la calidad o en un plan de la calidad para un  proyecto.    

Nota 3: El alcance de la estructura de la entidad puede incluir  interfaces pertinentes con organizaciones externas.    

3.27 Gestión    

Actividades  coordinadas para dirigir y controlar una entidad.    

3.28 Gestión  documental    

Conjunto de  actividades administrativas y técnicas tendientes a la planificación, manejo y  organización de la documentación producida y recibida por las entidades, desde  su origen hasta su destino final, con el objeto de facilitar su utilización y  conservación.    

3.29 Infraestructura    

Sistema de  instalaciones, equipos y servicios necesarios para el funcionamiento de una  entidad.    

3.30 Manual  de la calidad    

Documento que  especifica el sistema de gestión de la calidad de una entidad.    

Nota: Los manuales de calidad pueden variar en cuanto a detalle y  formato para adecuarse al tamaño y complejidad de cada entidad en particular.    

3.31 Mejora  continua    

Acción  permanente realizada con el fin de aumentar la capacidad para cumplir los  requisitos y optimizar el desempeño.    

3.32 Misión  de una entidad    

Se entiende como  el objeto social o la razón de ser de la entidad.    

3.33 No  conformidad    

Incumplimiento  de un requisito.    

3.34 Objetivo  de la calidad    

Algo  ambicionado, o pretendido, relacionado con la calidad.    

Nota 1: Los objetivos de la calidad se basan en la política de la  calidad definida por la entidad.    

Nota 2: Los objetivos de la calidad se especifican, generalmente,  para los niveles y funciones pertinentes de la entidad.    

3.35 Parte  interesada    

Organización,  persona o grupo que tenga un interés en el desempeño de una entidad.    

Ejemplo: Clientes, servidores públicos y/o particulares que ejercen  funciones públicas de una entidad, proveedores, sindicatos, socios o  accionistas, entidades de control, veedurías ciudadanas o la sociedad en  general.    

3.36 Planificación  de la calidad    

Parte de la  gestión de la calidad enfocada al establecimiento de los objetivos de la  calidad y a la especificación de los procesos operativos necesarios y de los  recursos relacionados, para cumplir los objetivos de la calidad.    

3.37 Política  de la calidad de una entidad    

Intención(es)  global(es) y orientación(es) relativa(s) a la calidad tal como se expresan  formalmente por la alta dirección de la entidad.    

3.38 Procedimiento    

Forma  especificada para llevar a cabo una actividad o un proceso.    

Nota: Es recomendable que los procedimientos definan, como mínimo:  quién hace qué, dónde, cuándo, porqué y cómo.    

3.39 Proceso    

Conjunto de  actividades relacionadas mutuamente o que interactúan para generar valor y las  cuales transforman elementos de entrada en resultados.    

Nota 1: Los elementos de entrada para un proceso son generalmente  salidas de otros procesos.    

Nota 2: Los procesos de una entidad son, generalmente, planificados  y puestos en práctica bajo condiciones controladas, para generar valor.    

Nota 3: Un proceso en el cual la conformidad del producto o servicio  resultante no pueda ser fácil o económicamente verificada, se denomina  habitualmente «proceso especial».    

Nota 4: Cada entidad define los tipos de procesos con los que  cuenta, típicamente pueden existir, según sea aplicable, los siguientes    

-Procesos  estratégicos: Incluyen procesos relativos al  establecimiento de políticas y estrategias, fijación de objetivos, provisión de  comunicación, aseguramiento de la disponibilidad de recursos necesarios y  revisiones por la dirección.    

-Procesos  misionales: Incluyen todos los procesos que  proporcionan el resultado previsto por la entidad en el cumplimiento de su  objeto social o razón de ser.    

-Procesos de  apoyo: Incluyen todos aquellos procesos para la  provisión de los recursos que son necesarios en los procesos estratégicos,  misionales y de medición, análisis y mejora.    

-Procesos de  evaluación: Incluyen aquellos procesos necesarios  para medir y recopilar datos destinados a realizar el análisis del desempeño y  la mejora de la eficacia y la eficiencia. Incluyen procesos de medición,  seguimiento y auditoría interna, acciones correctivas  y preventivas, y son una parte integral de los procesos estratégicos, de apoyo  y los misionales.    

3.40 Producto  o servicio    

Resultado de un  proceso o un conjunto de procesos.    

3.41 Proveedor    

Organización o  persona que proporciona un producto y/o servicio.    

Ejemplo: Productor, distribuidor, minorista o vendedor de un  producto, o prestador de un servicio.    

Nota 1: Un proveedor puede ser interno o externo a la entidad.    

Nota 2: En una situación contractual, un proveedor puede denominarse  «contratista».    

3.42 Registro    

Documento que  presenta resultados obtenidos o proporciona evidencia de actividades  desempeñadas.    

3.43 Requisito    

Necesidad o  expectativa establecida, generalmente implícita u obligatoria.    

Nota 1: «Generalmente implícita» significa que es habitual o una  práctica común para la entidad, sus clientes y otras partes interesadas, el que  la necesidad o expectativa bajo consideración esté implícita.    

Nota 2: La palabra obligatoria, se refiere, generalmente, a  disposiciones de carácter legal.    

Nota 3: Pueden utilizarse calificativos para identificar un tipo  específico de requisito, por ejemplo, requisito de un producto y/o servicio,  requisito de la gestión de la calidad, requisito del cliente.    

Nota 4: Los requisitos para la realización de un producto o la prestación  de un servicio se refieren, pero necesariamente no se limitan, a aquellos que  una entidad debe cumplir para satisfacer al cliente o cumplir una disposición  legal.    

Nota 5: Un requisito especificado es aquel que se declara, por  ejemplo, en un documento.    

Nota 6: Los requisitos pueden ser generados por las diferentes  partes interesadas.    

3.44 Responsabilidad    

Derecho natural  u otorgado a un individuo en función de su competencia para reconocer y aceptar  las consecuencias de un hecho.    

3.45 Revisión    

Actividad  emprendida para asegurar la conveniencia, la adecuación, eficacia, eficiencia y  efectividad del tema objeto de la revisión, para alcanzar unos objetivos  establecidos.    

Ejemplo: Revisión por la dirección, revisión del diseño y el  desarrollo, revisión de los requisitos del cliente y revisión de no  conformidades.    

Nota: En el contexto de esta norma, los términos conveniencia,  adecuación, eficacia, eficiencia y eficiencia se refieren a:    

-Conveniencia:  grado de alineación o coherencia del objeto de revisión con las metas y  políticas organizacionales    

-Adecuación:  determinación de la suficiencia total de las acciones, decisiones, etc., para  cumplir los requisitos.    

-Eficacia: véase  la definición 3.20    

-Eficiencia:  véase la definición 3.21    

-E fectividad: véase la definición 3.19    

3.46 Riesgo    

Toda posibilidad  de ocurrencia de aquella situación que pueda entorpecer el desarrollo normal de  las funciones de la entidad y le impidan el logro de sus objetivos.    

3.47 Satisfacción  del cliente    

Percepción del  cliente sobre el grado en que se han cumplido sus requisitos y expectativas.    

Nota 1: Las quejas y reclamos son un indicador habitual de una baja  satisfacción del cliente, pero la ausencia de estas no implica necesariamente  una elevada satisfacción de aquel.    

Nota 2: Aún cuando los requisitos del cliente se han acordado con él  mismo y estos han sido cumplidos, esto no asegura, necesariamente, una elevada  satisfacción de su parte.    

3.48 Sistema    

Conjunto de  elementos mutuamente relacionados o que interactúan con el fin de lograr un  propósito.    

3.49 Sistema  de gestión de la calidad para entidades    

Herramienta de  gestión sistemática y transparente que permite dirigir y evaluar el desempeño  institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de  los servicios a cargo de las entidades. Está enmarcado en los planes  estratégicos y de desarrollo de tales entidades.    

3.50 Trazabilidad    

Capacidad para  seguir la historia, la aplicación o la localización de todo aquello que está  bajo consideración.    

Nota: Al considerar un producto y/o servicio, la trazabilidad puede estar relacionada con:    

-El origen de  los materiales y las partes.    

-La historia del  procesamiento.    

-La distribución  y localización del producto después de su entrega.    

3.51 Validación    

Confirmación mediante  el suministro de evidencia objetiva de que se han cumplido los requisitos para  una utilización o aplicación específica prevista.    

Nota 1: El término «validado» se utiliza para designar el estado  correspondiente.    

Nota 2: Las condiciones de utilización para validación pueden ser  reales o simuladas.    

3.52 Verificación    

Confirmación,  mediante la aportación de evidencia objetiva, de que se han cumplido los  requisitos especificados.    

Nota 1: El término «verificado» se utiliza para designar el estado  correspondiente.    

Nota 2: La confirmación puede comprender acciones tales como:    

-La elaboración  de cálculos alternativos.    

-La comparación  de una especificación de un diseño nuevo con una especificación de un diseño  similar probado.    

-La realización  de ensayos/pruebas y demostraciones, y    

-La revisión de  los documentos antes de su aceptación.    

4. SISTEMA DE  GESTION DE LA CALIDAD    

4.1  Requisitos generales    

La entidad debe  establecer, documentar, implementar y mantener un sistema de gestión de la  calidad y mejorar continuamente su eficacia, eficiencia y efectividad de  acuerdo con los requisitos de esta norma.    

La entidad debe:    

a) Ide ntificar los procesos que le  permiten cumplir la misión que se le ha asignado.    

Nota: estos incluyen, según sea aplicable, los procesos estratégicos,  de apoyo, misionales y/o de evaluación (véase el numeral 3.39 Nota 4);    

b) Determinar la  secuencia e interacción de estos procesos;    

c) Determinar  los criterios y métodos necesarios para asegurarse de que tanto la operación  como el control de estos procesos sean eficaces y eficientes;    

d) Asegurarse de  la disponibilidad de recursos e información necesarios para apoyar la operación  y el seguimiento de estos procesos;    

e) Realizar el  seguimiento, la medición y el análisis de estos procesos;    

f) Implementar  las acciones necesarias para alcanzar los resultados planificados y la mejora  continua de estos procesos, e    

g) Identificar y  diseñar, con la participación de todos los servidores públicos y/o particulares  que ejercen funciones públicas, los puntos de control sobre los riesgos de  mayor probabilidad de ocurrencia o que generan un impacto considerable en la  satisfacción de necesidades y expectativas de calidad de los clientes, en las  materias y funciones que le competen a cada entidad.    

La entidad debe  gestionar estos procesos de acuerdo con los requisitos de la presente norma.    

En los casos en  que la entidad opte por entregar a terceros cualquier proceso que afecte la  conformidad del producto y/o servicio con los requisitos, la entidad debe  asegurarse de controlar tales procesos. La responsabilidad sobre el control de  los procesos entregados a terceros debe estar identificada dentro del sistema  de gestión de la calidad.    

Cuando existan disposiciones  regulatorias, expedidas por una autoridad competente,  relativas al control de procesos entregados a terceros, la entidad deberá  ceñirse a estas disposiciones.    

4.2 Gestión  documental    

4.2.1  Generalidades    

La documentación  del sistema de gestión de la calidad debe incluir:    

a) Declaraciones  documentadas de una política de la calidad y de objetivos de la calidad;    

b) un Manual de  la calidad;    

c) Los  procedimientos documentados requeridos en esta norma;    

d) Los  documentos requeridos por la entidad para el cumplimiento de sus objetivos  institucionales y que le permitan asegurarse de la eficaz planificación,  operación y control de sus procesos, y    

e) Los registros  requeridos por esta Norma (véase el numeral 4.2.4).    

Nota 1: Cuando aparezca el término «procedimiento documentado»  dentro de esta Norma, significa que hay que establecer, documentar, implementar  y mantener el procedimiento.    

Nota 2: La documentación puede estar en cualquier formato o tipo de  medio.    

Nota 3: El conjunto de los documentos relacionados en los literales  c) y d) conforman el: «Manual de procesos y procedimientos».    

4.2.2 Manual  de la calidad    

La entidad debe  establecer y mantener un manual de la calidad que incluya:    

a) El alcance  del sistema de gestión de la calidad, incluidos los detalles y la justificación  de cualquier exclusión (véase el numeral 2.2);    

b) Los  procedimientos documentados estable cidos para el  sistema de gestión de la calidad, o referencia a los mismos, y    

c) Una  descripción de la interacción entre los procesos del sistema de gestión de la  calidad.    

Nota: El Manual de calidad puede variar en cuanto a detalle y  formato para adecuarse al tamaño y complejidad de cada entidad en particular.    

4.2.3 Control  de documentos    

Los documentos  requeridos por el sistema de gestión de la calidad deben controlarse.    

Debe  establecerse un procedimiento documentado que defina los controles necesarios  para:    

a) Aprobar los  documentos en cuanto a su adecuación antes de su emisión;    

b) Revisar y  actualizar los documentos cuando sea necesario y aprobarlos nuevamente;    

c) Asegurarse de  que se identifican los cambios y el estado de revisión actual de los  documentos;    

d) Asegurarse de  que las versiones pertinentes de los documentos aplicables se encuentran  disponibles en los puntos de uso;    

e) Asegurarse de  que los documentos permanecen legibles y fácilmente identificables;    

f) Asegurarse de  que se identifican los documentos de origen externo y se controla su  distribución, y    

g) Prevenir el  uso no intencionado de documentos obsoletos, y aplicarles una identificación  adecuada en el caso de que se mantengan por cualquier razón.    

Las entidades  deben identificar e implementar las disposiciones legales que les sean  aplicables sobre el control de los documentos (por ejemplo la Ley 594 de 2000).    

4.2.4 Control  de los registros    

Los registros  son un tipo especial de documento, y deben controlarse de acuerdo con los  siguientes requisitos:    

Los registros  deben establecerse y mantenerse para proporcionar evidencia de la conformidad  con los requisitos así como de la operación eficaz, eficiente y efectiva del  sistema de gestión de la calidad. Los registros deben permanecer legibles,  fácilmente identificables y recuperables. Debe establecerse un procedimiento  documentado para definir los controles necesarios para la identificación, el  almacenamiento, la protección, la recuperación, el tiempo de retención y la  disposición de los registros, acorde con las disposiciones legales vigentes  sobre la materia.    

Las entidades  deben identificar e implementar las disposiciones legales que les sean  aplicables sobre el control de los registros (por ejemplo la Ley 594 de 2000).    

5.  RESPONSABILIDAD DE LA DIRECCION    

5.1  Compromiso de la dirección    

La alta  dirección debe proporcionar evidencia de su compromiso con el desarrollo e  implementación del sistema de gestión de la calidad, así como con la mejora  continua de su eficacia, eficiencia y efectividad, mediante:    

a) La  comunicación a los servidores públicos y/o particulares que ejerzan funciones pública  de La entidad acerca de la importancia de satisfacer tanto los requisitos del  cliente como los legales;    

b) La  determinación de la política de la calidad;    

c) La seguridad  de que se establecen los objetivos de la calidad;    

d) La  realización de las revisiones por la dirección, y    

e) El  aseguramiento de la disponibilidad de recursos.    

5.2 Enfoque  al cliente    

La alta  dirección debe asegurarse de que los requisitos del cliente se determinan y se  cumplen con el propósito de aumentar la satisfacción del cliente (véanse los  numerales 7.2.1 y 8.2.1).    

5.3 Política de la calidad    

La alta  dirección debe asegurarse de que la política de la calidad:    

a) Es adecuada a  la misión de la entidad;    

b) Es, según sea  aplicable al tipo de entidad, coherente con el plan de desarrollo, los planes  sectoriales y de desarrollo administrativo, el sistema de control interno y los  planes estratégicos establecidos;    

c) Incluye un  compromiso de cumplir con los requisitos de sus clientes, de mejorar  continuamente la eficacia, eficiencia y efectividad del sistema de gestión de  la calidad, y dentro del marco de su misión, de contribuir al logro de los  fines esenciales del Estado, definidos constitucionalmente;    

d) Proporciona  un marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de la calidad;    

e) Se comunica a  todos los servidores públicos y/o particulares que ejercen funciones públicas  dentro de la entidad, y es entendida por ellos, y    

f) se revisa  para su adecuación continua.    

5.4  Planificación    

5.4.1  Objetivos de la calidad    

La alta dirección  debe asegurarse de que los objetivos de la calidad, incluidos aquellos  necesarios para cumplir los requisitos para el producto y/o servicio (véase el  numeral 7.1, literal a)), se establecen en las funciones y niveles pertinentes  dentro de la entidad. Los objetivos de la calidad deben ser mensurables y  coherentes con la política de la calidad.    

Cuando una  entidad establezca y revise sus objetivos de calidad, debe considerar el marco  legal que lo circunscribe y los recursos financieros, humanos y operacionales  con los que cuenta.    

5.4.2  Planificación del sistema de gestión de la calidad    

La alta  dirección debe asegurarse de que:    

a) La  planificación del sistema de gestión de la calidad se realiza con el fin de cumplir  los requisitos citados en el numeral 4.1, así como los objetivos de la calidad,  y    

b) Se mantiene  la integridad del sistema de gestión de la calidad cuando se planifican e  implementan cambios en este.    

5.5  Responsabilidad, autoridad y comunicación    

5.5.1  Responsabilidad y autoridad    

La alta  dirección debe asegurarse de que las responsabilidades y autoridades están  definidas y son comunicadas dentro de la entidad.    

5.5.2  Representante de la dirección    

La alta  dirección debe designar un miembro de la dirección quien, con independencia de  otras responsabilidades, debe tener la responsabilidad y autoridad que incluya:    

a) Asegurarse de  que se establecen, implementan y mantienen los procesos necesarios para la  implementación del sistema de gestión de la calidad;    

b) Informar a la  alta dirección sobre el desempeño del sistema de gestión de la calidad y de  cualquier necesidad de mejora, y    

c) Asegurarse de  que se promueva la toma de conciencia de los requisitos del cliente en todos  los niveles de la entidad.    

Nota: La responsabilidad del representante de la dirección puede  incluir relaciones con partes externas sobre asuntos relacionados con el  sistema de gestión de la calidad.    

5.5.3  Comunicación interna    

La alta  dirección debe asegurarse de que se establecen los procesos de comunicación  apropiados dentro de la entidad y de que l a comunicación se efectúa  considerando la eficacia del sistema de gestión de la calidad.    

5.6 Revisión  por la Dirección    

5.6.1  Generalidades    

La alta dirección debe, a intervalos planificados, revisar el sistema de  gestión de la calidad de la entidad, para asegurarse de su conveniencia,  adecuación, eficacia, eficiencia y efectividad continuas. La revisión debe  realizarse por lo menos una vez al año, e incluir la evaluación de las  oportunidades de mejora y la necesidad de efectuar cambios en el sistema de  gestión de la calidad, incluidos la política de la calidad y los objetivos de  la calidad.    

Nota: La frecuencia de la  revisión debería determinarse en función de las necesidades de la entidad;  debería realizarse cuando la información de entrada para el proceso de revisión  pueda proporcionar resultados que permitan determinar oportunamente la  conveniencia, la adecuación, la eficacia, efectividad y eficiencia del sistema  de gestión de la calidad.    

Deben mantenerse  registros de las revisiones efectuadas por la dirección (véase el numeral  4.2.4).    

5.6.2  Información para la revisión    

La información  de entrada para la revisión por la dirección debe incluir:    

a) Resultados de  auditorías;    

b)  Retroalimentación del cliente;    

c) Desempeño de  los procesos y conformidad del producto y/o servicio;    

d) Estado de las  acciones correctivas y preventivas;    

e) Acciones de  seguimiento de revisiones previas efectuadas por la dirección;    

f) Cambios que  podrían afectar al sistema de gestión de la calidad;    

g)  Recomendaciones para la mejora, y    

h) Riesgos  actualizados e identificados para la entidad.    

5.6.3  Resultados de la revisión    

Los resultados  de la revisión por la dirección deben incluir todas las decisiones y acciones  relacionadas con:    

a) La mejora de  la eficacia, eficiencia y efectividad del sistema de gestión de la calidad y  sus procesos;    

b) La mejora del  producto y/o servicio en relación con los requisitos del cliente, y    

c) Las  necesidades de recursos.    

6. GESTION DE LOS RECURSOS    

6.1 Provisión  de recursos    

La entidad debe  determinar y proporcionar los recursos necesarios para:    

a) Implementar y  mantener el sistema de gestión de la calidad y mejorar continuamente su  eficacia, eficiencia y efectividad, y    

b) Aumentar la  satisfacción del cliente mediante el cumplimiento de sus requisitos.    

6.2 Talento  Humano    

6.2.1  Generalidades    

Los servidores  públicos y/o particulares que ejercen funciones públicas que realicen trabajos  que afecten la calidad del producto y/o servicio d eben  ser competentes con base en la educación, formación, habilidades y experiencia  apropiadas.    

6.2.2  Competencia, toma de conciencia y formación    

La entidad debe:    

a) Determinar la  competencia necesaria de los servidores públicos y/o particulares que ejercen  funciones públicas o que realizan trabajos que afectan la calidad del producto  y/o servicio;    

b) Proporcionar  formación o tomar otras acciones para satisfacer dichas necesidades;    

c) Evaluar las  acciones tomadas, en términos del impacto en la eficacia, eficiencia o  efectividad del sistema de gestión de la calidad de la entidad;    

d) Asegurarse de  que los servidores públicos y/o particulares que ejercen funciones públicas son  conscientes de la pertinencia e importancia de sus actividades y de cómo  contribuyen al logro de los objetivos de la calidad, y    

e) Mantener los  registros apropiados de la educación, formación, habilidades y experiencia de  los servidores públicos y/o particulares que ejercen funciones públicas. (Véase  el numeral 4.2.4).    

6.3  Infraestructura    

La entidad debe  determinar, proporcionar y mantener la infraestructura necesaria para lograr la  conformidad con los requisitos del producto y/o servicio. La infraestructura  incluye, cuando sea aplicable:    

a) Edificios,  espacio de trabajo y servicios asociados;    

b) Equipo para  los procesos, (tanto hardware como software), y    

c) Servicios de  apoyo (tales como transporte o comunicación).    

6.4 Ambiente  de trabajo    

La entidad debe  determinar y gestionar el ambiente de trabajo necesario para lograr la conformidad  con los requisitos del producto y/o servicio.    

7. REALIZACION DEL PRODUCTO O PRESTACION  DEL SERVICIO    

7.1  Planificación de la realización del producto o prestación del servicio    

La entidad debe  planificar y desarrollar los procesos necesarios para la realización del  producto y/o la prestación del servicio. La planificación de la realización del  producto y/o prestación del servicio debe ser coherente con los requisitos de  los otros procesos del sistema de gestión de la calidad (véase el numeral 4.1).    

Durante la  planificación de la realización del producto y/o prestación del servicio, la  entidad debe determinar, cuando sea apropiado, lo siguiente:    

a) Los objetivos  de la calidad y los requisitos para el producto y/o servicio;    

b) La necesidad  de establecer procesos, documentos y de proporcionar recursos específicos para  el producto y/o servicio;    

c) Las  actividades requeridas de verificación, validación, seguimiento, inspección y  ensayo/prueba específicas para el producto y/o servicio, así como los criterios  para la aceptación de este, y    

d) Los registros  que sean necesarios para proporcionar evidencia de que los procesos de  realización del producto y/o prestación del servicio resultante cumplen los  requisitos (véase el numeral 4.2.4).    

El formato de  presentación de los resultados de esta planificación debe ser adecuado para la  forma de operación de la entidad.    

Nota 1: Un documento que especifica los procesos del sistema de  gestión de la calidad (incluidos los procesos de realización del producto y/o  prestación del servicio) y los recursos que deben aplicarse a un producto,  servicio, proyecto o contrato específico, puede denominarse como un plan de la  calidad.    

Nota 2: La entidad también puede aplicar los requisitos citados en  el numeral 7.3 para el desarrollo de los procesos de realización del producto o  prestación del servicio.    

7.2 Procesos  relacionados con el cliente    

7.2.1  Determinación de los requisitos relacionados con el producto y/o servicio    

La entidad debe  determinar:    

a) Los  requisitos especificados por el cliente, incluidos los requisitos para las  actividades de entrega y las posteriores a esta;    

b) Los  requisitos no establecidos por el cliente, pero necesarios para el uso  especificado o para el uso previsto, cuando sea conocido;    

c) Los  requisitos legales y reglamentarios relacionados con el producto y/o servicio,  y    

d) cualquier  requisito adicional determinado por la entidad.    

7.2.2  Revisión de los requisitos relacionados con el producto y/o servicio    

La entidad debe  revisar los requisitos relacionados con el producto y/o servicio. Esta revisión  debe efectuarse antes de que la entidad se comprometa a proporcionar un  producto y/o servicio al cliente, y debe asegurarse de que:    

a) Están  definidos los requisitos del producto y/o servicio;    

b) Están  resueltas las diferencias existentes entre los requisitos definidos y los  expresados previamente, y    

c) La entidad  tiene la capacidad para cumplir con los requisitos definidos.    

Deben mantenerse  registros de los resultados de la revisión y de las acciones originadas por  esta (véase el numeral 4.2.4).    

Cuando se  cambien los requisitos del producto y/o servicio, la entidad debe asegurarse de  que la documentación pertinente sea modificada y de que los servidores públicos  y/o particulares que ejerzan funciones públicas correspondientes sean  conscientes de los requisitos modificados.    

Nota: En algunas situaciones, tales como productos o servicios que  se ofrecen por Internet, no resulta práctico efectuar una revisión formal de  cada solicitud. En su lugar, la revisión puede cubrir la información pertinente  del producto y/o servicio.    

7.2.3  Comunicación con el cliente    

La entidad debe  determinar e implementar disposiciones eficaces para la comunicación con los  clientes, relativas a:    

a) La  información sobre el producto y/o servicio;    

b) Las  consultas, contratos o solicitudes, incluidas las modificaciones;    

c) La  retroalimentación del cliente, incluidas sus quejas, reclamos, percepciones y  sugerencias, y    

d) Mecanismos de  participación ciudadana, según sea aplicable.    

7.3 Diseño y  Desarrollo    

7.3.1  Planificación del diseño y desarrollo    

La entidad debe  planificar y controlar el diseño y desarrollo del producto y/o servicio.    

Durante la  planificación del diseño y desarrollo la entidad debe determinar:    

a) Las etapas  del diseño y desarrollo;    

b) La revisión,  verificación y validación, apropiadas para cada etapa del diseño y desarrollo,  y    

c) Las  responsabilidades y autoridades para el diseño y desarrollo.    

La entidad debe  gestionar las interfaces entre los diferentes grupos involucrados en el diseño  y desarrollo, para asegurarse de una comunicación eficaz y una asignación de  responsabilidades clara.    

Los resultados  de la planificación deben actualizarse, según sea apropiado, a medida que  progresa el diseño y desarrollo.    

7.3.2  Elementos de entrada para el diseño y desarrollo    

Deben  determinarse los elementos de entrada relacionados con los requisitos del  producto y/o servicio y mantenerse registros (véase el numeral 4.2.4). Estos  elementos de entrada deben incluir:    

a) Los  requisitos funcionales y de desempeño;    

b) Los  requisitos legales y reglamentarios aplicables;    

c) La  información proveniente de diseños previos similares, cuando sea aplicable, y    

d) Cualquier  otro requisito esencial para el diseño y desarrollo.    

Estos elementos  deben revisarse para verificar su adecuación. Los requisitos deben estar  completos, sin ambigüedades y no deben ser contradictorios.    

7.3.3  Resultados del diseño y desarrollo    

Los resultados  del diseño y desarrollo deben proporcionarse de tal manera que permitan la  verificación respecto a los elementos de entrada para el diseño y desarrollo, y  deben aprobarse antes de su aceptación.    

Los resultados  del diseño y desarrollo deben:    

a) Cumplir los  requisitos de los elementos de entrada para el diseño y desarrollo;    

b) Proporcionar  información apropiada para la adquisición de bienes y servicios, la producción  y la prestación del servicio;    

c) Contener o  hacer referencia a los criterios de aceptación del producto y/o servicio, y    

d) Especificar  las características del producto y/o servicio que son esenciales para el uso  seguro y correcto.    

7.3.4  Revisión del diseño y desarrollo    

En las etapas  adecuadas, deben realizarse revisiones sistemáticas del diseño y desarrollo  según lo planificado (véase el numeral 7.3.1), para:    

a) Evaluar la capacidad  de los resultados de diseño y desarrollo para cumplir los requisitos, y    

b) Identificar  cualquier problema y proponer las acciones necesarias.    

Los  participantes en dichas revisiones deben incluir representantes de las  funciones relacionadas con la(s) etapa(s) de diseño y desarrollo que se está(n)  revisando. Deben mantenerse registros de los resultados de las revisiones y de  cualquier acción necesaria (véase el numeral 4.2.4).    

7.3.5  Verificación del diseño y desarrollo    

Se debe realizar la verificación, según lo planificado (véase el numeral  7.3.1), para asegurarse de que los resultados del diseño y desarrollo cumplen  los requisitos de los elementos de entrada del diseño y desarrollo. Deben  mantenerse registros de los resultados de la verificación y de cualquier acción  que sea necesaria (véase el numeral 4.2.4).    

7.3.6  Validación del diseño y desarrollo    

Se debe realizar  la validación del diseño y desarrollo de acuerdo con lo planificado (véase el  numeral 7.3.1), para asegurarse de que el producto y/o servicio resultante es  capaz de satisfacer los requisitos para su aplicación especificada o uso  previsto, cuando sea conocido. Siempre que sea factible, la validación debe  completarse antes de la entrega o implementación del producto y/o servicio.  Deben mantenerse registros de los resultados de la validación y de cualquier  acción que sea necesaria (véase el numeral 4.2.4).    

7.3.7 Control  de los cambios del diseño y desarrollo    

Los cambios del  diseño y desarrollo deben identificarse y deben mantenerse registros. Los  cambios deben revisarse, verificarse y validarse, según sea apropiado, y  aprobarse antes de su implementación. La revisión de los cambios del diseño y  desarrollo debe incluir la evaluación del efecto de los cambios en las partes  constitutivas y en el producto y/o servicio ya entregado.    

Deben mantenerse  registros de los resultados de la revisión de los cambios y de cualquier acción  que sea necesaria (véase el numeral 4.2.4).    

7.4  Adquisición de bienes y servicios    

7.4.1 Proceso  de adquisición de bienes y servicios    

La entidad debe  asegurarse de que el producto y/o servicio adquirido cumple los requisitos  especificados en los pliegos de condiciones, términos de referencia o en las  disposiciones aplicables. El tipo y alcance del control aplicado al proveedor y  al producto y/o servicio adquirido debe depender de su impacto sobre:    

a) La  realización del producto y/o prestación del servicio, o    

b) El producto  y/o servicio final.    

La entidad debe  evaluar y seleccionar a los proveedores con base en una selección objetiva y en  función de su capacidad para suministrar productos y/o servicios de acuerdo con  los requisitos definidos previamente por la entidad. Deben establecerse los  criterios para la selección, la evaluación y la reevaluación de los  proveedores. Deben mantenerse los registros de los resultados de las  evaluaciones y de cualquier acción necesaria derivada de estas (véase el  numeral 4.2.4).    

Nota: Selección objetiva se refiere a aquella selección en la cual  la escogencia se hace al ofrecimiento más favorable a la entidad y a los fines  que ella busca, sin tener en consideración factores de afecto o de interés y,  en general, cualquier clase de motivación subjetiva.    

7.4.2  Información para la adquisición de bienes y servicios    

La información  descrita en los pliegos de condiciones, términos de referencia o en las  disposiciones aplicables del producto y/o servicio por adquirir, debe incluir,  cuando sea apropiado:    

a) Requisitos  para la aprobación del producto y/o servicio, procedimientos, procesos y  equipos;    

b) Requisitos  para la c alificación del personal, y    

c) Requisitos  del sistema de gestión de la calidad.    

La entidad debe  asegurarse de la adecuación de los requisitos para la adquisición de bienes y  servicios especificados, antes de comunicárselos al proveedor.    

7.4.3  Verificación de los productos y/o servicios adquiridos    

La entidad debe  establecer e implementar la inspección u otras actividades necesarias para  asegurarse de que el producto y/o servicio adquirido cumple con lo especificado  en los pliegos de condiciones, términos de referencia o en las disposiciones  aplicables.    

Cuando la  entidad o su cliente quieran llevar a cabo la verificación en las instalaciones  del proveedor, la entidad debe establecer en los pliegos de condiciones,  términos de referencia o en las disposiciones aplicables las especificaciones  para la verificación pretendida y el método para la aceptación del producto y/o  servicio.    

7.5  Producción y prestación del servicio    

7.5.1 Control  de la producción y de la prestación del servicio    

La entidad debe  planificar y llevar a cabo la producción y la prestación del servicio bajo  condiciones controladas. Las condiciones controladas deben incluir, cuando sea  aplicable:    

a) La  disponibilidad de información que describa las características del producto y/o  servicio;    

b) La  disponibilidad de instrucciones de trabajo, cuando sea necesario;    

c) El uso del  equipo apropiado;    

d) La  disponibilidad y uso de dispositivos de seguimiento y medición;    

e) La  implementación del seguimiento y de la medición;    

f) La  implementación de actividades de aceptación, entrega y posteriores a la  entrega, y    

g) Los riesgos  de mayor probabilidad    

7.5.2  Validación de los procesos de la producción y de la prestación del servicio    

La entidad debe  validar aquellos procesos de producción y de prestación del servicio donde los  productos y/o servicios resultantes no puedan verificarse mediante actividades  de seguimiento o medición posteriores. Esto incluye a cualquier proceso en el  que las deficiencias se hagan aparentes únicamente después de que el producto  esté en uso o se haya prestado el servicio.    

La validación  debe demostrar la capacidad de estos procesos para alcanzar los resultados  planificados.    

La entidad debe  establecer las disposiciones para estos procesos, incluidos, cuando sea  aplicable:    

a) Los criterios  definidos para la revisión y aprobación de los procesos;    

b) La aprobación  de equipos y calificación de los servidores públicos y/o particulares que  ejercen funciones públicas;    

c) El uso de  métodos y procedimientos específicos;    

d) Los  requisitos de los registros (véase el numeral 4.2.4), y    

e) La  revalidación.    

7.5.3  Identificación y trazabilidad    

Cuando sea  apropiado, la entidad debe identificar el producto y/o servicio por medios  adecuados, a través de toda la realización del producto y/o prestación del  servicio.    

La entidad debe  identificar el estado del producto y/o servicio con respecto a los requisitos  de seguimiento y medic ión.    

Cuando la trazabilidad sea un requisito, la entidad debe controlar y  registrar la identificación única del producto y/o servicio (véase el numeral  4.2.4).    

7.5.4  Propiedad del cliente    

La entidad debe  cuidar los bienes que son propiedad del cliente mientras estén bajo su control  o los esté usando. La entidad debe identificar, verificar, proteger y  salvaguardar los bienes que son propiedad del cliente suministrados para su  utilización o incorporación dentro del producto y/o servicio. Cualquier bien  que sea propiedad del cliente que se pierda, deteriore o que de algún otro modo  se considere inadecuado para su uso, debe ser registrado (véase el numeral  4.2.4) y su estado comunicado al cliente.    

Nota: La propiedad del cliente puede incluir la propiedad  intelectual.    

7.5.5  Preservación del producto y/o servicio    

La entidad debe  preservar la conformidad del producto y/o servicio durante el proceso interno y  la entrega al destino previsto. Esta preservación debe incluir, según sea  aplicable, la identificación, manipulación, embalaje, almacenamiento y  protección. La preservación debe aplicarse también, a las partes constitutivas  de un producto y/o servicio.    

7.6 Control  de los dispositivos de seguimiento y de medición    

La entidad debe  determinar el seguimiento y la medición por realizar, y los dispositivos de  medición y seguimiento necesarios para proporcionar la evidencia de la conformidad  del producto y/o servicio con los requisitos determinados (véase el numeral  7.2.1).    

La entidad debe  establecer procesos para asegurarse de que el seguimiento y medición pueden  realizarse y de que se realizan de una manera coherente con los requisitos de  seguimiento y medición.    

Cuando sea  necesario asegurarse de la validez de los resultados, el equipo de medición  debe:    

a) Calibrarse o  verificarse a intervalos especificados o antes de su utilización, comparado con  patrones de medición trazables a patrones de medición nacionales o  internacionales; cuando no existan tales patrones, debe registrarse la base  utilizada para la calibración o la verificación;    

b) Ajustarse o  reajustarse según sea necesario;    

c) Identificarse  para poder determinar el estado de calibración;    

d) Protegerse  contra ajustes que pudieran invalidar el resultado de la medición;    

e) Protegerse  contra los daños y el deterioro durante la manipulación, el mantenimiento y el  almacenamiento.    

Además, la  entidad debe evaluar y registrar la validez de los resultados de las mediciones  anteriores cuando se detecte que el equipo no está conforme con los requisitos.  La entidad debe tomar las acciones apropiadas sobre el equipo y sobre cualquier  producto y/o servicio afectado. Deben mantenerse registros de los resultados de  la calibración y la verificación (véase el numeral 4.2.4).    

Debe confirmarse  la capacidad de los programas informáticos para satisfacer su aplicación  prevista cuando estos se utilicen en las actividades de seguimiento y medición  de los requisitos especificados. Esto debe llevarse a cabo antes de iniciar su  utilización y confirmarse nuevamente cuando sea necesario.,    

Nota: Véase la norma NTC-ISO 10012, a modo de orientación.    

8. MEDICION,  ANALISIS Y MEJORA    

8.1  Generalidades    

La entidad debe  planificar e implementar los procesos de seguimiento, medición, análisis y  mejora necesarios para:    

a) Demostrar la  conformidad del producto y/o servicio;    

b) Asegurarse de  la conformidad del sistema de gestión de la calidad, y    

c) Mejorar continuamente  la eficacia, eficiencia y efectividad del sistema de gestión de la calidad.    

Esto debe  comprender la determinación de los métodos aplicables, incluidas las técnicas  estadísticas y el alcance de su utilización.    

8.2  Seguimiento y medición    

8.2.1 Satisfacción  del cliente    

Como una de las  medidas del desempeño del sistema de gestión de la calidad, la entidad debe  realizar el seguimiento de la información relativa a la percepción del cliente  con respecto al cumplimiento de sus requisitos por parte de la entidad. Deben  determinarse los métodos para obtener y utilizar dicha información.    

8.2.2 Auditoría interna    

La entidad debe  llevar a cabo, a intervalos planificados, auditorías internas para determinar  si el sistema de gestión de la calidad:    

a) Es conforme  con las disposiciones planificadas (véase 7.1), con los requisitos de esta  norma y con los requisitos del sistema de gestión de la calidad establecidos  por la entidad, y    

b) Se ha  implementado y se mantiene de manera eficaz, eficiente y efectiva.    

Nota: Es importante que en el desarrollo del procedimiento de  auditorías internas, se integren las disposiciones legales, complementarias o  adicionales existentes, relativas a la realización de las auditorías internas,  como por ejemplo las definidas para el sector salud en el marco del sistema  obligatorio de garantía de calidad.    

Se debe  planificar un programa de auditorías internas tomando en consideración el  estado y la importancia de los procesos y las áreas por auditar, así como los  resultados de auditorías previas. Se deben definir los criterios de la  auditoría interna, su alcance, su frecuencia y metodología. La selección de los  auditores y la realización de las auditorías internas deben asegurar la  objetividad e imparcialidad del proceso de auditoría. Los auditores no deben  auditar su propio trabajo.    

Deben definirse,  en un procedimiento documentado, las responsabilidades y requisitos para la  planificación y la realización de auditorías internas, para informar acerca de los  resultados y para mantener los registros (véase el numeral 4.2.4).    

La dirección  responsable del área que esté siendo auditada debe asegurarse de que se toman  acciones sin demora injustificada para eliminar las no conformidades detectadas  y sus causas. Las actividades de seguimiento deben incluir la verificación de  las acciones tomadas y el informe de los resultados de la verificación (véase  el numeral 8.5.2).    

Nota: Véase la norma NTC-ISO 19011, a modo de orientación.    

8.2.3  Seguimiento y medición de los procesos    

La entidad debe  aplicar un sistema de evaluación apropiado para el seguimiento y, cuando sea  aplicable, para la medición de los procesos del sistema de gestión de la  calidad. Este sistema debe demostrar la eficacia, eficiencia y efectividad.  Cuando no se alcancen los resultados planificados, deben llevarse a cabo  correcciones y acciones correctivas, según sea conveniente, para asegurarse de  la conformidad del producto y/o servicio.    

El sistema de  evaluación debe facilitar el seguimiento por parte de los client es y las  partes interesadas, y los resultados pertinentes deben estar disponibles y ser  difundidos de manera permanente en las páginas electrónicas, cuando se cuente  con ellas.    

8.2.4  Seguimiento y medición del producto y/o servicio    

La entidad debe  medir y hacer un seguimiento de las características del producto y/o servicio,  para verificar que se cumplen sus requisitos. Esto debe realizarse en las  etapas apropiadas del proceso de realización del producto y/o prestación del  servicio según las disposiciones planificadas (véase el numeral 7.1).    

Debe mantenerse  evidencia de la conformidad con los criterios de aceptación. Los registros  deben indicar la(s) persona(s) que autoriza(n) la entrega del producto y/o  prestación del servicio (véase el numeral 4.2.4).    

La aceptación  del producto y la prestación del servicio no deben llevarse a cabo hasta que se  hayan completado satisfactoriamente las disposiciones planificadas (véase el  numeral 7.1), a menos que sean aprobados de otra manera por una autoridad pertinente  y, cuando corresponda, por el cliente.    

8.3 Control  del producto y/o servicio no conforme    

La entidad debe  asegurarse de que el producto y/o servicio que no sea conforme con los  requisitos, se identifica y controla para prevenir su uso o entrega no intencional.  Los controles, las responsabilidades y autoridades relacionadas con el  tratamiento del producto y/o servicio no conforme deben estar definidos en un  procedimiento documentado.    

La entidad debe  tratar los productos y/o servicios no conformes mediante una o más de las  siguientes maneras:    

a) La definición  de acciones para eliminar la no conformidad detectada;    

b) La  autorización de su uso, aceptación bajo concesión por una autoridad pertinente  y, cuando sea aplicable, por el cliente;    

c) La definición  de acciones para impedir su uso o aplicación originalmente previsto.    

Se deben  mantener registros (véase el numeral 4.2.4) de la naturaleza de las no  conformidades y de cualquier acción tomada posteriormente, incluidas las  concesiones que se hayan obtenido.    

Cuando se  corrija un producto y/o servicio no conforme, debe someterse a una nueva  verificación para demostrar su conformidad con los requisitos.    

Cuando se  detecte un producto y/o servicio no conforme después de la entrega o cuando ha  comenzado su uso, la entidad debe tomar las acciones apropiadas respecto a los  efectos, o efectos potenciales, de la no conformidad.    

8.4 Análisis  de datos    

La entidad debe  determinar, recopilar y analizar los datos apropiados para demostrar la  idoneidad y la eficacia, eficiencia y efectividad del sistema de gestión de la  calidad y para evaluar dónde puede realizarse la mejora continua de su  eficacia, eficiencia y efectividad. Esto debe incluir los datos generados por  el sistema de evaluación para el seguimiento y medición y los generados por  cualesquiera otras fuentes pertinentes.    

El análisis de  datos debe proporcionar información sobre:    

a) La  satisfacción del cliente (véase el numeral 8.2.1);    

b) La  conformidad con los requisitos del producto y/o servi cio (véase el numeral  7.2.1);    

c) Las  características y tendencias de los procesos y de los productos y/o servicios,  incluidas las oportunidades para llevar a cabo acciones preventivas, y    

d) Los  proveedores.    

8.5 Mejora    

8.5.1 Mejora  continua    

La entidad debe mejorar  continuamente la eficacia, eficiencia y efectividad del sistema de gestión de  la calidad mediante el uso de la política de la calidad, los objetivos de la  calidad, los resultados de las auditorías internas, el análisis de datos, el  sistema de evaluación para seguimiento y medición, las acciones correctivas y  preventivas y la revisión por la dirección.    

8.5.2 Acción  correctiva    

La entidad debe  tomar acciones para eliminar la causa de no conformidades con el objeto de  prevenir que vuelvan a ocurrir. Las acciones correctivas deben ser apropiadas a  los efectos de las no conformidades encontradas.    

Debe  establecerse un procedimiento documentado que defina los requisitos para:    

a) Revisar las  no conformidades (incluidas las quejas y reclamos de los clientes);    

b) Determinar  las causas de las no conformidades;    

c) Evaluar la  necesidad de adoptar acciones para asegurarse de que las no conformidades no  vuelvan a ocurrir;    

d) Determinar e  implementar las acciones necesarias;    

e) Registrar los  resultados de las acciones tomadas (véase el numeral 4.2.4), y    

f) Revisar las  acciones correctivas tomadas.    

8.5.3 Acción  preventiva    

La entidad debe  determinar acciones para eliminar las causas de no conformidades potenciales  para prevenir su ocurrencia. Las acciones preventivas deben ser apropiadas a  los efectos de los problemas potenciales.    

Debe  establecerse un procedimiento documentado que defina los requisitos para:    

a) Determinar  las no conformidades potenciales y sus causas;    

b) Evaluar la  necesidad de actuar para prevenir la ocurrencia de no conformidades;    

c) Determinar e  implementar las acciones necesarias;    

d) Registrar los  resultados de las acciones tomadas (véase el numera 4.2.4), y    

e) Revisar las  acciones preventivas tomadas.    

Nota: Los mapas de riesgo constituyen una herramienta para  determinar acciones preventivas.    

ANEXO A    

(Informativo)    

NORMATIVIDAD  ASOCIADA CON LA IMPLEMENTACION DEL SISTEMA 

  DE GESTION DE LA CALIDAD CON BASE EN ESTA NORMA    

Las entidades  tienen la responsabilidad de investigar la normatividad vigente que les es  aplicable. El siguiente listado presenta parte de la normatividad asociada con  los temas tratados en cada capítulo de la presente norma. No es un listado  exhaustivo, detallado o específico ; por lo tanto, no está completo y su  inclusión en la presente norma se hace sólo con propósitos de orientación.    

Cuando una norma  se relacione con numerales de los cuales dependan otros subnumerales, debe  entenderse que estos también se incluyen dentro de la correspondencia  identificada.    

Tabla A.1    

Normatividad  asociada con la implementación del sistema de gestión 

  de la calidad con base en esta norma    

CONSULTAR TABLA  EN EL ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF    

ANEXO B    

(Informativo)    

CORRESPONDENCIA  ENTRE ESTA NORMA Y LA NORMA ISO 9001: 2000    

La siguiente tabla  identifica vínculos y correspondencias técnicas amplias entre la presente norma  y la norma ISO 9001:2000.    

Una  correspondencia indica una complementariedad o coincidencia entre los  elementos, de carácter total o parcial.    

Cuando un  elemento se correlacione con numerales de los cuales dependan otros  subnumerales, debe entenderse que estos también se incluyen dentro de la  correspondencia identificada.    

Tabla B.1    

Correspondencia  entre esta norma y la norma ISO 9001: 2000    

CONSULTAR TABLA  EN EL ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF    

ANEXO C    

(Informativo)    

CORRESPONDENCIA  ENTRE EL SISTEMA DE GESTION DE LA CALIDAD, EL SISTEMA DE CONTROL INTERNO Y EL  SISTEMA DE DESARROLLO ADMINISTRATIVO    

Este anexo  pretende orientar a las entidades sobre la complementariedad del sistema de  gestión de la calidad respecto a los sistemas de control interno y de  desarrollo administrativo. Con este fin se incluye a continuación una tabla que  compara los elementos del sistema de gestión de la calidad con los  correspondientes en los otros sistemas.    

Las  correspondencias presentadas son de carácter genérico y, por lo tanto, es  posible que algunas no se hayan identificado. Una correspondencia indica una  complementariedad o coincidencia entre los elementos, de carácter total o  parcial, la cual debe ser entendida desde el ámbito específico de cada sistema.    

Cuando un elemento se correlacione con numerales de los cuales dependan  otros subnumerales, debe entenderse que estos también se incluyen dentro de la  correspondencia identificada.    

CONSULTAR  TABLAS EN EL ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF    

ANEXO D    

(Informativo)    

Bibliografía    

[1] INTERNATIONAL ORGANIZATION FOR STANDARDIZATION . Sistemas de gestión de la calidad. Requisitos. ISO, Ginebra,  2000. 23 pp. (ISO 9001:2000).    

[2] Sistemas de gestión  de la calidad. Fundamentos y vocabulario. ISO, Ginebra, 2000. 29 pp. (ISO 9000: 2000).    

[3] Sistemas de  gestión de la calidad. Recomendaciones para la mejora del desempeño. Ginebra,  2000. 56 pp. (NTC-ISO 9004:2000).    

[4] Directrices  para la auditoría de los sistemas de la calidad y/o ambiente. Ginebra, 2002. 31  (NTC-ISO 19011:2002).    

[5] Presidencia  de la República de Colombia. Normas técnicas de eficiencia y transparencia.  Programa presidencial de lucha contra la corrupción. Bogotá, Presidencia de la República,  2002.    

               

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