DECRETO 3842 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 3842 DE 2004    

(noviembre 22)    

por el cual se suprimen cargos  vacantes de la Planta de Personal del Instituto Colombiano para el Fomento de  la Educación Superior, Icfes.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en  especial las conferidas en el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 18 de la Ley 790 de 2002 y el Decreto 190 de 2003  disponen que los cargos que quedaren vacantes, como consecuencia de la  jubilación o pensión de vejez de los servidores públicos que los desempeñaren,  deberán ser suprimidos;    

Que el Instituto Colombiano  para el Fomento de Educación Superior, Icfes, presentó al Departamento Administrativo  de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41  de la Ley 443 de 1998 y 148  y 155 del Decreto 1572 de 1998,  modificado por el Decreto 2504 de 1998,  para efectos de modificar la Planta de Personal del Icfes, el cual obtuvo  concepto favorable de este Departamento Administrativo;    

Que para los fines de este decreto  la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de  Hacienda y Crédito Público, otorgó el concepto de viabilidad presupuestal;    

Que el Consejo Directivo del  Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, en su  sesión del día 20 de mayo de 2004, decidió someter a la aprobación del Gobierno  Nacional la supresión de dos (2) cargos vacantes,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Suprímense los  siguientes cargos vacantes de la planta de personal del Instituto Colombiano  para el Fomento de la Educación Superior, Icfes:    

N° de cargos                     Dependencia  y denominación del cargo      Código       Grado    

PLANTA GLOBAL    

1 (Uno)       Auxiliar  Administrativo                   5120     13    

1 (Uno)       Profesional Especializado               3010     17    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente el Decreto  2233 del 8 de agosto de 2003 y demás disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 22 de  noviembre de 2004.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

La Ministra de Educación  Nacional,    

Cecilia María Vélez White.    

El Director del Departamento  Administrativo de la Función Pública,    

Fernando Antonio Grillo  Rubiano.    

               

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