DECRETO 3810 DE 2003
(Diciembre 30)
por el cual se convoca a elecciones de gobernador en el departamento del Cauca.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por los artículos 189 de la Constitución Política y 66 del Código de Régimen Político y Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que el día 26 de octubre de 2003 se efectuaron elecciones ordinarias para gobernador en el departamento del Cauca;
Que, mediante Acuerdo número 006 del 20 de diciembre de 2003, el Consejo Nacional Electoral decidió abstenerse de declarar la elección de Gobernador para el departamento del Cauca por las razones expuestas en la parte motiva de dicho acto administrativo;
Que en dicho acuerdo, adicionalmente, el Consejo Nacional Electoral decidió solicitar al señor Presidente de la República la realización de nuevas elecciones tendientes a proveer el cargo del departamento del Cauca;
Que el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, establece: “Todo lo relativo a la administración general de la República, que no esté especialmente atribuido a otros poderes públicos, conforme a la Constitución y las leyes, corresponde al Presidente”;
Que en virtud de lo anterior, es procedente que el Gobierno Nacional convoque a nuevas elecciones en el departamento del Cauca;
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Convóquese para el día 22 de febrero de 2004, la realización de los comicios para elegir gobernador en el departamento del Cauca.
Artículo 2°. Remítase copia del presente decreto al Consejo Nacional Electoral, a la Registradora Nacional del Estado Civil y al Gobernador del departamento de Cauca, para lo de su competencia.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 2003.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Sabas Pretelt de la Vega.