DECRETO 3796 DE 2003
(Diciembre 26)
por el cual se designa Superintendente Delegado para Emisores ad hoc.
Nota: Derogado por el Decreto 1476 del 11 de mayo de 2004.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 189 numeral 13 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 30 del Código Contencioso-Administrativo,
CONSIDERANDO:
Que el doctor Andrés Flórez Villegas, Superintendente Delegado para Emisores, mediante escrito presentado ante el Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público el día 3 de diciembre de 2003, se declaró impedido para conocer de las investigaciones y procesos administrativos iniciados por la Superintendencia de Valores contra el emisor de valores Complejo Turístico del Espinal “Turespinal”, por encontrarse incurso en la causal prevista en el numeral 12 del artículo 150 del Código de Procedimiento Civil;
Que mediante Resolución 2358 de 19 de diciembre de 2003, el Ministro de Hacienda y Crédito Público resolvió aceptar el impedimento manifestado por el Superintendente Delegado para Emisores;
Que corresponde al Presidente de la República la designación del Superintendente Delegado para Emisores ad hoc,
DECRETA:
Artículo 1º. Nómbrase al doctor Ricardo Alarcón Gutiérrez, identificado con la cédula de ciudadanía número 79156606 de Usaquén, Superintendente Delegado para la Inspección y Vigilancia del Mercado, como Superintendente Delegado para Emisores ad hoc, para conocer de las investigaciones y procesos administrativos iniciados por la Superintendencia de Valores contra el emisor de valores Complejo Turístico del Espinal “Turespinal”.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de diciembre de 2003.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.