DECRETO 3779 DE 2003

Decretos 2003

DECRETO  3779 DE 2003    

(Diciembre 26)    

por el cual se modifica el artículo 4° del Decreto  3557 del 10 de diciembre de 2003.    

Nota:  Derogado por el Decreto 4153 de 2004,  artículo 9º.    

El Presidente de la República  de Colombia, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley 30 de 1992, en  concordancia con las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Modifíquese el  artículo 4° del Decreto  3557 del 10 de diciembre de 2003, el cual quedará así:    

“Artículo 4°. Los empleados públicos docentes de las  Universidades Estatales u Oficiales, que no optaron por el régimen salarial y  prestacional previsto en el Decreto 1279 de 2002,  continuarán rigiéndose por el régimen salarial y prestacional que legalmente  les corresponde.    

A  partir del 1° de enero de 2003, estos empleados, públicos docentes tendrán  derecho a la remuneración mensual que devengaban a 31 de diciembre de 2002  incrementada de acuerdo con los porcentajes de la tabla y procedimiento  señalado en el artículo 1° del presente decreto”.    

Artículo 2°. Este decreto rige  a partir de la fecha de su publicación, modifica el artículo 4° del Decreto 3557 de 2003,  deroga las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a  partir del 1º de enero de 2003.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de  diciembre de 2003.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

La Ministra de Educación  Nacional,    

Cecilia María Vélez White.    

El Director del Departamento  Administrativo de la Función Pública,    

Fernando Antonio Grillo Rubiano.              

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