DECRETO 3778 DE 2003
(Diciembre 26)
por el cual se modifica el Decreto 3526 del 5 de diciembre de 2003.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 189 numeral 1 de la Constitución Política, el artículo 9° del Decreto número 1045 de 1978 y el artículo 34 del Decreto número 1950 de 1973,
DECRETA:
Artículo 1°. Modificar el artículo 1° del Decreto número 3526 del 5 de diciembre de 2003, el cual quedará así: “Conceder 9 días hábiles de vacaciones a partir del 2 de enero de 2004, al doctor Alberto Carrasquilla Barrera, identificado con cédula de ciudadanía número 79146255 de Usaquén, Ministro de Hacienda y Crédito Público, por el período de servicios comprendido entre el 22 de agosto de 2002 y el 21 de agosto de 2003, quedándole pendiente el disfrute de 6 días hábiles”.
Artículo 2°. Encargar de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, al doctor Juan Ricardo Ortega López, identificado con cédula de ciudadanía número 80412607 de Usaquén, Viceministro de Hacienda y Crédito Público, mientras el titular permanece en vacaciones.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de diciembre de 2003.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ