DECRETO 3776 DE 2003

Decretos 2003

DECRETO  3776 DE 2003    

(Diciembre  26)    

por el cual se convoca a elecciones en los municipios de  Taraira y Carurú, en los corregimientos de Bocas de Arara y Bocas de Taraira y  en la inspección de Yuruparí del municipio de Mitú para elegir Gobernador y  Diputados para la Asamblea en el Departamento de Vaupés.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,  especialmente las conferidas por los artículos 189 de la Constitución Política y  66 del Código de Régimen Político y Municipal, y    

CONSIDERANDO:    

Que el día 26 de octubre de 2003  en todo el país se efectuaron elecciones ordinarias para gobernador, asamblea  departamental, alcaldes y concejos municipales, así como para juntas  administradoras locales;    

Que el 26 de octubre en  los municipios de Taraira y Carurú, en los corregimientos de Bocas de Arara y  Bocas de Taraira y en la Inspección de Yuruparí del municipio de Mitú, tal y  como lo acreditaron los delegados de la Registradora Nacional del Estado Civil  para el Departamento de Vaupés mediante Oficio número 1237-DDV del 28 de  noviembre de 2003, no se realizaron elecciones para gobernador y asamblea  departamental;    

Que, mediante Acuerdo  número 004 del 20 de diciembre de 2003, el Consejo Nacional Electoral decidió  abstenerse de declarar la elección de gobernador y asamblea departamental en  Vaupés, mientras se celebran en aquellos lugares donde no se pudo adelantar el  proceso electoral el pasado 26 de octubre;    

Que en dicho acuerdo,  adicionalmente, el Consejo Nacional Electoral decidió solicitar al señor  Presidente de la República convocar a la mayor brevedad elecciones para  “Gobernador, Asamblea, Alcaldía, Concejo Municipal y Juntas  Administradoras Locales en la cual participarán los mismos candidatos, en  aquellos lugares en donde no se pudo adelantar el proceso electoral el pasado  26 de octubre”;    

Que la competencia para ordenar  elecciones de alcalde y concejo municipal en los municipios del Vaupés en los  que no se pudo realizar la jornada electoral del 26 de octubre de 2003 radica  en el Gobernador de este departamento, en virtud de los artículos 1° del Decreto 1001 de 1988  y 131 del Decreto ley 2241  de 1986 (Código Electoral);    

Que el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  establece: “Todo lo relativo a la Administración General de la República,  que no esté especialmente atribuido a otros poderes públicos, conforme a la  Constitución y las leyes, corresponde al Presidente”;    

Que en virtud de lo anterior, es  procedente que el Gobierno Nacional convoque a nuevas elecciones en el  departamento del Vaupés;    

En merito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Convóquese para el  día 22 de febrero de 2004, la realización de los comicios para elegir  gobernador y asamblea departamental en los municipios de Taraira y Carurú, en  los corregimientos de Bocas de Arara y Bocas de Taraira y en la Inspección de  Yuruparí del Municipio de Mitú    

Artículo 2°. Una vez se celebren  las elecciones en las localidades anteriores, se procederá al escrutinio  general adicionándolo a los votos depositados en las elecciones del 26 de  octubre de 2003.    

Artículo 3°. Remítase copia del  presente decreto al Consejo Nacional Electoral, a la Registradora Nacional del  Estado Civil y al Gobernador del departamento de Vaupés, para lo de su  competencia.    

Artículo 4°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

Comuníquese. publíquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de  diciembre de 2003.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del Interior y de  Justicia,    

Sabas Pretelt de la Vega              

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