DECRETO 3648 DE 2003

Decretos 2003

DECRETO 3648 DE 2003    

(diciembre  17)    

por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y  Crédito Público.    

Nota: Derogado por el Decreto 247 de 2004,  artículo 9º.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le  confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que  el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó al Departamento  Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los  artículos 41 de la Ley 443 de 1998, y 148  y 155 del Decreto 1572 de 1998,  modificado por el Decreto 2504 de 1998,  y cuenta con concepto expedido por la Dirección General del Presupuesto Público  Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de  modificar su planta de personal,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Suprímese de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito  Público, el cargo que se relaciona a continuación:    

DIRECCION  GENERAL DE CREDITO PUBLICO    

N° de Cargos                   Denominación del Cargo Código        Grado    

1  (Uno)       Asesor                           1020            14    

Artículo 2°. Créase en la  planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el cargo que  se relaciona a continuación:    

DESPACHO  DEL MINISTRO    

N° de Cargos                   Denominación del Cargo Código        Grado    

1  (Uno)       Asesor                           1020            14    

Artículo  3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica  en lo pertinente el Decreto 772 de 2001  y demás disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 2003.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El  Ministro Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

El  director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Fernando  Antonio Grillo Rubiano.              

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