DECRETO 3645 DE 2003

Decretos 2003

DECRETO 3645 DE 2003    

(diciembre  17)    

por  el cual se retira del servicio a un Notario y se efectúa un nombramiento en  interinidad.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales  y legales, en especial las que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política,  los artículos 181 y 182 del Decreto ley 960 de  1970, 5° del Decreto 2163 de 1970,  66 y 74 del Decreto  Reglamentario 2148 de 1983 y 1° del Decreto 3047 de 1989,  y    

CONSIDERANDO:    

Que  el doctor José Manuel Perea Perea Notario Primero del Círculo de Buenaventura,  Valle del Cauca, cumplió 65 años de edad el 8 de junio de 2003, según se  infiere de la copia del Registro Civil de Nacimiento que reposa en los archivos  de la Superintendencia de Notariado y Registro;    

Que  el Decreto 3047 de 1989  establece como edad de retiro forzoso para los Notarios, la de 65 años;    

Que  de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 182 del Decreto ley 960 de  1970, el retiro se producirá a solicitud del interesado, del Ministerio  Público, de la Vigilancia Notarial, o de oficio, dentro del mes siguiente a la  ocurrencia de la causa;    

Que  por los motivos mencionados se hace necesario retirar del servicio al doctor  José Manuel Perea Perea y proveer el cargo de Notario Primero del Círculo de  Buenaventura, Valle del Cauca;    

Que  con fundamento en la certificación expedida por el Superintendente de Notariado  y Registro, la doctora Gloria Marina Restrepo Campo, identificada con la cédula  de ciudadanía 29562230 de Jamundí, reúne los requisitos exigidos en el artículo  153 del Decreto ley 960 de  1970, para desempeñarse como Notario de Primera Categoría;    

Que  por lo anteriormente expuesto,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Retírese del servicio al doctor José Manuel Perea Perea, identificado con  la cédula de ciudadanía 17010191 de Bogotá, Notario Primero del Círculo de  Buenaventura, Valle del Cauca.    

Artículo  2º. Nombrar en interinidad en el cargo de Notario Primero del Círculo de  Buenaventura, Valle del Cauca, a la señora Gloria Marina Restrepo Campo,  identificada con la cédula de ciudadanía número 29562230 de Jamundí.    

Artículo  3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 2003.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El  Ministro del Interior y de Justicia,    

Sabas  Pretelt de la Vega.              

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