DECRETO 3543 DE 2003

Decretos 2003

DECRETO  3543 DE 2003    

(diciembre 10)    

por el cual se fija el valor del punto para el  personal Técnico-Científico del Instituto Geográfico Agustín Codazzi y se  dictan otras disposiciones en materia salarial.    

Nota:  Derogado por el Decreto 4160 de 2004,  artículo 4º.    

El  Presidente de la República de Colombia, en des arrollo de las normas generales  señaladas en la Ley 4ª de 1992,    

DECRETA:    

Artículo  1°. A partir del 1º de enero de 2003, el valor del punto para el personal  Técnico-Científico del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, será de seis mil  doscientos sesenta y un pesos ($6.261) moneda corriente.    

Artículo  2°. En ningún caso y por ningún concepto la remuneración total de los empleados  a quienes se les aplica el presente decreto, podrá exceder a la que corresponda  a los Ministros del Despacho por concepto de asignación básica, gastos de  representación y prima de dirección.    

Artículo  3°. Ninguna autoridad podrá establecer o modificar el régimen salarial o  prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con  lo establecido en el artículo 10 de la Ley 4ª de 1992.  Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos  adquiridos.    

Nadie  podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público, ni recibir más de  una asignación que provenga del Tesoro Público, de empresas o de instituciones  en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúanse las asignaciones de  que trata el artículo 19 de la Ley 4ª de 1992.    

No  se podrán recibir honorarios que sumados correspondan a más de ocho (8) horas  diarias de trabajo a varias entidades.    

Artículo  4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 680 de 2002  y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2003.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 10 de diciembre de 2003.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto  Carrasquilla Barrera.    

El  Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Fernando  Grillo Rubiano.    

               

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