DECRETO 3521 DE 2003
(diciembre 5)
por el cual se modifica el Decreto 2107 del 8 de octubre de 2001.
Nota: Derogado por el Decreto 4000 de 2004, artículo 125. (éste derogado por el Decreto 834 de 2013, artículo 76, que empezará a regir 60 días después de su expedición.).
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el articulo 189 numeral 2° de la Constitución Política.
DECRETA:
Artículo 1°. Modifíquese el artículo 41 del Decreto 2107 de 2001 el cual quedará en la siguiente forma: “artículo 41. La Visa de Negocios tendrá una vigencia de hasta cuatro (4) años para múltiples entradas y autoriza una permanencia hasta por el término de seis (6) meses por cada ingreso. Dicha visa caducará si el extranjero sobrepasa el término de permanencia autorizado.”
Artículo 2°. Modifíquese el inciso primero del artículo 43 del Decreto 2107 de 2001 en el sentido que se exonera al solicitante de Visa de Negocios de la presentación del certificado de antecedentes judiciales o de policía de que trata el artículo 17 del citado decreto, sin perjuicio que las bases de datos de las autoridades migratorias y de policía puedan ser consultadas cuando las circunstancias lo ameriten. Lo demás continúa vigente y sin modificación alguna.
Artículo 3°. El presente decreto empezará a regir a los veinte (20) días calendario contados a partir de la fecha de su publicación.
Artículo 4°. El presente decreto modifica los artículos 17, 41 y 43 del Decreto 2107 de 2001 en cuanto le san contrarios.
Publíquese y cúmplase,
Dado en Bogotá, D.C., a 5 de diciembre 2003.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ.
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Carolina Barco.