DECRETO 3520 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 3520 DE 2004    

(octubre 26)    

por el cual se aprueba la planta de personal de Bancafé  S.A.    

Nota 1:  Ver Sentencia del Consejo de Estado del 11 de octubre de 2007. Exp.  4984-05. Sección 2ª. Actor: Carlos Eduardo Páez Morales y Otro. Ponente:  Gustavo Eduardo Gómez Aranguren.    

Nota 2:  Ver Auto del Consejo de Estado del 11 de agosto de 2005. Exp.  4984-05 (2005-00115). Sección 2ª. Actor: Carlos Eduardo Páez Morales y  Otro. Ponente: Ana Margarita Olaya Forero.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales, en especial de las conferidas por el artículo 189-14 de la Constitución Política  y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998,    

CONSIDERANDO:    

Que Bancafé  S.A. es una sociedad de economía mixta del orden nacional;    

Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998  establece que el Gobierno Nacional aprobará la planta global de personal de los  organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del Poder Público y de la  administración pública;    

Que se hace necesario  aprobar los empleos de la entidad descentralizada Bancafé;    

Que a pesar de la  reducción de la planta de personal que se llevó a cabo mediante el Decreto 1388 de 2000,  los costos laborales del Banco siguen siendo un factor crítico para la  sostenibilidad financiera de la entidad y que es necesario proteger los  cuantiosos aportes económicos realizados por el Estado para permitir el  saneamiento del Banco;    

Que es fundamental  precaver situaciones que impliquen destinar de nuevo recursos públicos  adicionales para proteger el ahorro de depositantes y ahorradores, para lo cual  es necesario reducir los costos laborales de la entidad financiera,  garantizando su eficiencia y la eficacia;    

Que el Ministerio de la  Protección de Social, por conducto de la Dirección Territorial de Cundinamarca,  mediante comunicación del 30 de septiembre de 2004, dio respuesta a la  solicitud del Presidente de Bancafé sobre la  autorización para el cierre parcial de dependencias y despido colectivo de  algunos trabajadores de la entidad, y le manifestó al Ministerio de Hacienda y  Crédito Público que no contaba con la competencia para atender esa solicitud,  por lo cual la remitió a este último, para los fines legales pertinentes;    

Que la Junta Directiva de Bancafé S.A., en sesión del 26de  octubre de 2004 decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional, su planta  de personal,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Bancafé tendrá la siguiente planta de personal:    

Un (1) Presidente    

Hasta siete (7)  Vicepresidentes    

1 (Un) Secretario General    

Hasta 3 (tres) Directores  Generales    

Un Contralor Interno    

Hasta tres mil  cuatrocientos (3.400) trabajadores.    

Artículo 2º. La  administración del banco adecuará el número de servidores al servicio de esa  institución conforme a lo dispuesto en el artículo anterior.    

El Presidente del Banco  distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la  organización y sus planes y programas, protegiendo los recursos públicos, en un  plazo que no podrá exceder de nueve (9)meses, contados a partir de la fecha de  entrada en vigencia del presente Decreto.    

Artículo 3º. La  administración de Bancafé reducirá la planta de  personal cancelando los contratos de trabajo de las personas al servicio de esa  institución que considere necesarios. Para estos efectos se garantizarán los  derechos y las prestaciones debidas por la terminación de las relaciones  laborales conforme a las disposiciones legales que gobiernan tales relaciones.  Todo ello de acuerdo con las normas vigentes.    

Artículo 4º. El presente  decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  26 de octubre de 2004.    

ÁLVARO URIBEVÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

El Director del Departamento  Administrativo de la Función Pública,    

Fernando Antonio Grillo Rubiano.    

               

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