DECRETO 3491 DE 2003

Decretos 2003

DECRETO 3491 DE 2003    

(diciembre 3)    

por el cual se designa un Director Ad hoc.    

El Presidente de la República de Colombia,  en uso de la facultad constitucional conferida en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que de conformidad con lo prescrito en el  literal h) del artículo del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, salvo  la función nominadora, le corresponde a los Ministros actuar como superiores de  los representantes legales de entidades descentralizadas adscritas o vinculadas  al sector correspondiente;    

Que mediante Resolución 010133 del 1º de  diciembre de 2003 el señor Ministro de Transporte aceptó el impedimento  manifestado por el doctor José Alejandro Torres Escallón, Gerente General del  Instituto Nacional de Concesiones, Inco, en los siguientes términos:    

“Que mediante oficio dirigido a este  Despacho, el doctor José Alejandro Torres Escallón, Gerente General del  Instituto Nacional de Concesiones, Inco, manifestó su impedimento para participar  en la negociación y posterior suscripción de un acuerdo con la Unión Temporal  de Desarrollo Vial del Valle del Cauca y Cauca, UTDVVCC, en relación con el  Contrato de Concesión número 005 de 1999 por considerarse incurso en la causal  señalada en el numeral segundo del artículo 150 del Código de Procedimiento  Civil, en razón de que su hermano Carlos Alberto Torres Escallón se desempeñó  como Gerente General de la Concesión de Unión Temporal de Desarrollo Vial del  Valle del Cauca y Cauca, UTDVVCC, desde el 15 de enero hasta el 31 de diciembre  de 2001 y en tal virtud intervino y tuvo interés en dicho contrato”;    

Que en consecuencia se hace necesario designar un  funcionario que ha de reemplazar a quien se le ha aceptado un impedimento  expresado,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Designar a la doctora Alicia Naranjo  Uribe, Directora General del Instituto Nacional de Vías, Invías, como Directora  General Ad hoc para conocer delo atinente a la ejecución del contrato de  concesión número 005 del 29 de enero de 1999 suscrito entre el Instituto  Nacional de Vías, Invías, y la Unión Temporal de Desarrollo Vial del Valle del  Cauca y Cauca, UTDVVCC.    

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de  la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 3 de diciembre de 2003.    

ÁLVARO URIBEVÉLEZ    

El Ministro de Transporte,    

Andrés Uriel Gallego Henao.    

               

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