DECRETO 3393 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 3393 DE 2004    

(octubre 19)    

por el cual se suprime un cargo vacante de la planta de  personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  las facultades constitucionales y legales en especial las que le confiere el  numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 18 de la Ley 790 de 2002 y el Decreto 190 de 2003,  disponen que los cargos que quedaren vacantes, como consecuencia de la  jubilación o pensión de vejez de los servidores públicos que los desempeñen,  deberán ser suprimidos, de conformidad con lo establecido en el Numeral 14 del  artículo 89 de la Constitución Nacional;    

Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la  República, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la  justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148  y 155 del Decreto 1572 de 1998,  modificado por el Decreto 2504 de 1998,  para efectos de modificar la planta de personal del Departamento Administrativo  de la Presidencia de la República, encontrándola ajustada técnicamente  emitiendo en consecuencia, concepto técnico previo favorable;    

Que para los fines de este decreto se cuenta con el  concepto de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del  Ministerio de Hacienda y Crédito Público,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Suprímese en la planta de personal global del  Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, el siguiente  cargo vacante:    

N° de  Cargos                  Nivel y  Denominación del Empleo      Código     Grado    

PLANTA  GLOBAL    

              Técnico                                             

(1) Uno      Tecnólogo                             540     22    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha  de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 954 de 2001  y deroga las disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de octubre de 2004.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

El Director del Departamento Administrativo de la  Presidencia de la República,    

Bernardo Moreno Villegas.    

El Director del Departamento administrativo de la Función  Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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