DECRETO 3388 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 3388 DE 2004    

(octubre 14)    

por el cual se autoriza a un funcionario del Departamento  Administrativo de la Presidencia de la República, para aceptar una invitación.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en los  artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución  Política y 1° del Decreto 2197 de 1996,  y    

CONSIDERANDO:    

Que e l 18 de octubre de 2004 se llevará a cabo en la  ciudad de Washington, D. C. (Estados Unidos de América) la reunión de  “Comunidades de Democracias” a la cual la Secretaría Adjunta de la  Oficina de Asuntos Narcóticos Internacionales y Aplicación de la Ley, invita a  la doctora María Margarita Zuleta González, Directora del Programa Presidencial  de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción;    

Que es importante la participación de  la doctora María Margarita Zuleta González, debido a la oportunidad de exponer  la experiencia de Colombia en la implementación y desarrollo del Programa  Cultura de la Legalidad, así como asistir a una reunión con el Director de  Anticorrupción e Iniciativas Gubernamentales del Departamento de Estado;    

Que la Sección de Asuntos Narcóticos de la Embajada de los  Estados Unidos de América en Colombia, cubrirá los gastos relacionados con el  desplazamiento y estadía en la ciudad de Washington, D. C. de la doctora Zuleta  González,    

DECRETA:    

Artículo 1° Autorizar a la doctora  María Margarita Zuleta González, Directora del Programa Presidencial de  Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción, del  Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, para aceptar la  invitación de la Secretaría Adjunta de la Oficina de Asuntos Narcóticos  Internacionales y Aplicación de la Ley, a participar en la reunión  “Comunidades de Democracias” a realizarse el 18 de octubre de 2004 en  la ciudad de Washington, D. C. (Estados Unidos de América). Igualmente para que  acepte los gastos relacionados con el desplazamiento y estadía por parte de la  Sección de Asuntos Narcóticos de la Embajada de los Estados Unidos de América  en Colombia.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha  de su expedición    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogota, D. C., a 14 de octubre de 2004.    

El Presidente de la República de Colombia,    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Director del Departamento Administrativo de la  Presidencia de la República,    

Bernardo Moreno Villegas.    

               

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