DECRETO 3368 DE 2003
(noviembre 24)
por el cual se designa revisor fiscal en el fondo de garantías de entidades cooperativas, fogacoop
Nota: Derogado por el Decreto 247 de 2007, artículo 2º.
el presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 21 del decreto ley 2206 de 1998,
Decreta:
Artículo 1°. Desígnase a Amézquita & Cía. S. A., como la firma que ejercerá la revisoría fiscal en el fondo de garantías de entidades cooperativas, Fogacoop.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
publíquese y cúmplase.
dado en Bogotá, D.C., a 24 de noviembre de 2003.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera