DECRETO 3181 DE 2003
(Noviembre 07)
por el cual se ejecuta una sanción
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 207 del Decreto ley 960 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional, mediante Decreto número 1667 del 17 de junio de 2003 retiró del servicio al señor Alberto Aristizábal Peláez, identificado con la cédula de ciudadanía número 1251091, Notario Primero del Círculo de Armenia, Quindío y nombró en su reemplazo en interinidad al señor Javier Ocampo Cano, identificado con la cédula de ciudadanía 7524007, quien actualmente ejerce el citado cargo;
Que la Superintendente Delegada para el Notariado de la Superintendencia de Notariado y Registro, por Resolución 1401 del 30 de abril de 2002 sancionó disciplinariamente con suspensión en el ejercicio del cargo por el término de tres (3) meses al ex Notario Primero del Círculo de Armenia, Quindío, señor Alberto Aristizábal Peláez. Dicha sanción quedó ejecutoriada el 24 de mayo de 2002, conforme a la constancia proferida en esa fecha por el Secretario General de la Superintendencia de Notariado y Registro;
Que la ejecución de las sanciones disciplinarias procederán aun cuando el Notario haya hecho dejación del cargo tal como lo establece el artículo 207 del Decreto ley 960 de 1970;
Por lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Ejecutar la sanción de suspensión por el término de tres (3) meses impuesta al ex Notario Primero del Círculo de Armenia, Quindío, señor, Alberto Aristizábal Peláez identificado con la cédula de ciudadanía l251091, para los efectos del artículo 207 del Decreto ley 960 de 1970, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este decreto.
Artículo 2°. Comunicar el presente decreto a la Procuraduría General de la Nación.
Artículo 3°. Archivar este decreto en la hoja de vida del señor Alberto Aristizábal Peláez, para que obre como antecedente disciplinario del mismo.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 7 de noviembre de 2003.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fernando Londoño Hoyos.