DECRETO 3045 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 3045 DE 2004    

(septiembre 17)    

por el cual se deroga el Decreto  2554 de 9 de septiembre de 2003 y se nombra Presidente Ad hoc del Banco  Cafetero S. A., Bancafé.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el  artículo 189 numeral 13 de la Constitución  Política de Colombia y el artículo 30 del Código Contencioso Administrativo,    

CONSIDERANDO:    

Que en virtud del impedimento manifestado por el doctor Jorge  Castellanos Rueda y aceptado por el Ministro de Hacienda y Crédito Público  mediante Resolución 1392 de 30 de julio de 2003, se expidió el Decreto  2554 de 9 de septiembre de 2003, por el cual se nombró al doctor Juan  Ricardo Ortega López, identificado con la cédula de ciudadanía número 80412607  de Usaquén, entonces Viceministro de Hacienda y Crédito Público, como Presidente  Ad hoc del Banco Cafetero S. A., Bancafé, para conocer y tramitar todos los  asuntos relacionados con Recreatec Ltda.;    

Que mediante Decreto  número 466 de 18 de febrero de 2004, el Presidente de la República aceptó  la renuncia presentada por el doctor Juan Ricardo Ortega López, identificado  con la cédula de ciudadanía número 80412607 de Usaquén, al cargo de Viceministro  General de Hacienda y Crédito Público;    

Que como consecuencia de lo anterior se hace necesario  designar Presidente Ad hoc del Banco Cafetero S. A., Bancafé, para conocer y  tramitar todos los asuntos relacionados con Recreatec Ltda.,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Derógase el Decreto  2554 de 9 de septiembre de 2003 por el cual se nombró al doctor Juan  Ricardo Ortega López, identificado con la cédula de ciudadanía número 80412607  de Usaquén, como Presidente Ad hoc del Banco Cafetero S. A., Bancafé, para  conocer y tramitar todos los asuntos relacionados con Recreatec Ltda.    

Artículo 2°. Nómbrase a la doctora María Cristina Gloria  Inés Cortés Arango, identificada con la cédula de ciudadanía número 35458394 de  Usaquén como Presidente Ad hoc del Banco Cafetero S. A., Bancafé.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha  de su publicación y deroga el Decreto 2554 de 2003.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de septiembre de 2004.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

               

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