DECRETO 300 DE 2003

Decretos 2003

DECRETO 300 DE 2003    

(febrero  10)    

por  el cual se delegan unas funciones constitucionales    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le  confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que  el Presidente de la República se trasladará a la ciudad de Panamá (Panamá), el  día 11 de febrero de 2003, con el fin de asistir a una Reunión de Trabajo con  Presidentes de Centroamérica;    

Que  de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia  establecida en las leyes, el Ministro del Interior y de Justicia, está  habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro  Delegatario,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón  del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse  en el Ministro del Interior y de Justicia, doctor Fernando Londoño Hoyos, las  funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos:    

1.  Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto  en los numerales 1 y 2; 303, 304 y 314 de la Constitución.    

2.  Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades  extraordinarias concedidas al Presidente de la República.    

3.  Artículos 163, 165 y 166.    

4.  Artículos 200 y 201.    

5.  Artículos 213, 214 y 215.    

Artículo  2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 10 de febrero de 2003.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

               

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