DECRETO 2949 DE 2003

Decretos 2003

DECRETO 2949 DE 2003    

(octubre  17)    

por  el cual se suspende al Gobernador del departamento de Bolívar y se hace un  encargo.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades  Constitucionales y Legales, en especial las conferidas por el artículo 304 de la Constitución Política,  en concordancia con el artículo 157 de la Ley 734 de 2002, y    

CONSIDERANDO:    

Que  el Procurador General de la Nación, mediante providencia del 1° de octubre de  2003, ordenó la suspensión provisional del doctor Luis Daniel Vargas Sánchez,  identificado con la cédula de ciudadanía número 73075927 de Cartagena, del  cargo de Gobernador del departamento de Bolívar, por el término de 3 meses;    

Que  por oficio número 1941 del 2 de octubre del presente año, la secretaría de la  Oficina de Asesores en Contratación Estatal del Despacho del Procurador General  de la Nación, remitió al señor Presidente de la República, copia de la  providencia del 1º de octubre de 2003, para lo de su competencia y fines  pertinentes;    

Que  por el término de suspensión en el ejercicio del cargo del gobernador titular  del departamento de Bolívar, se hace necesario designar un encargado de las  funciones de su despacho;    

Que  dicho encargo debe recaer en un ciudadano de la misma filiación y grupo  político del titular, según lo dispone el artículo 108 de la Ley 418 de 1997,  prorrogada y modificada por la Ley 782 de 2002,  procedimiento aplicable por analogía para el caso de suspensión provisional de  los Gobernadores, atendiendo razones de orden lógico-jurídico y de interés  público,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Suspéndase por el término de tres (3) meses en el ejercicio del cargo al  doctor Luis Daniel Vargas Sánchez, identificado con la cédula de ciudadanía  número 73075927 de Cartagena, en su condición de Gobernador del departamento de  Bolívar, en cumplimiento de lo dispuesto por el Procurador General de la  Nación, en providencia del 1° de octubre de 2003.    

Artículo 2º. Encargar a la señora Rosario Cecilia  Ricardo Bray, identificada con la cédula de ciudadanía número 33173299 de  Sincelejo, quien es miembro del Partido Liberal Colombiano, del cargo de  Gobernadora del departamento de Bolívar mientras dura la suspensión del  titular.    

Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de  la fecha de su publicación y contra él no procede recurso alguno, de acuerdo  con lo establecido en el artículo 49 del Código Contencioso-Administrativo.    

Comuníquese, publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de octubre de 2003.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Fernando Londoño Hoyos.              

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