DECRETO 2915 DE 2003
(octubre 14)
por el cual se suprime una notaría y se hace un nombramiento en interinidad.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades, en especial las que le confiere el inciso final del artículo 131 de la Constitución Política de Colombia, y con observancia del artículo 126 del Decreto ley 960 de 1970 y el artículo 5° del Decreto Ley 2163 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto número 954 de 1970, se creó el Círculo Notarial de Chía-Tenjo, Cundinamarca, el cual a su inicio fue integrado por una Notaría de 3ª categoría. Después, el Decreto número 1028 de 1980 clasificó a la Notaría de Chía como de 2ª categoría. Por último, el Decreto número 30 de 1994, clasificó a la Notaría de Chía como de 1ª categoría;
Que en la actualidad el Círculo Notarial de Chía quedó integrado por dos notarías, la segunda de las cuales fue creada mediante Decreto número 31 de 1994;
Que el ordinal 10 del artículo 9º del Decreto número 2158 de 1992, faculta al Superintendente de Notariado y Registro para proponer al Gobierno Nacional la creación o supresión de Notarías y de Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos y la creación o modificación de los respectivos círculos;
Que el Superintendente de Notariado y Registro, de conformidad con el artículo 126 del Decreto ley número 960 de 1970, efectuó el estudio correspondiente a los promedios de números de escrituras y de ingresos de las Notarías 1ª y 2ª del Círculo de Chía durante los cinco (5) años anteriores;
Que el resultado del estudio mencionado muestra la necesidad de suprimir una de las Notarías del Círculo de Chía, Cundinamarca;
Que al suprimirse una de las Notarías del Círculo de Chía, dicho círculo quedará integrado por una Notaría;
Que es necesario proveer de notario a la Notaría Unica del Círculo de Chía;
Que el Superintendente de Notariado y Registro ha certificado que la doctora María del Pilar Herrera Vergara, cumple con los requisitos exigidos por la ley y el reglamento para desempeñarse como notaria en interinidad;
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímese la Notaría 2ª del Círculo de Chía, Cundinamarca, y en consecuencia denomínese a la Notaría 1ª Notaría Unica del círculo.
Artículo 2°. Trasládese el protocolo y los archivos de la Notaría 2ª del Círculo de Chía, Cundinamarca a la Notaría Unica del Círculo de Chía.
Artículo 3°. Nómbrese, en interinidad, como Notaria Unica del Círculo de Chía, Cundinamarca, a la doctora María del Pilar Herrera Vergara, identificada con cédula de ciudadanía número 41434385 de Bogotá, quien viene ejerciendo el cargo de Notaria 2ª del Círculo de Chía, Cundinamarca, en calidad de interina.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 14 de octubre de 2003.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fernando Londoño Hoyos.