DECRETO 2854 DE 2003

Decretos 2003

Decreto 2854 de 2003    

(octubre  7)    

por  el cual se introducen algunas modificaciones al Decreto  2394 del 24 de octubre de 2002.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del  artículo 189 de la Constitución Política,  con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991 y previo  concepto del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior,    

CONSIDERANDO:    

Que  el Decreto  2394 de octubre de 2002, con base en los lineamientos definidos en la  sesión 92 del 9 de octubre de 2002 del Comité de Asuntos Aduaneros,  Arancelarios y de Comercio Exterior, estableció una lista de bienes de capital;    

Que  en la Sesión 106 del 31 de julio de 2003, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios  y de Comercio Exterior autorizó la inclusión de nuevas subpartidas arancelarias  en la lista de bienes de capital,    

DECRETA:    

Artículo  1° Incluir en el artículo 1º del Decreto 2394 de 2002,  las siguientes subpartidas arancelarias:    

         8419.89.99.00    

         8422.30.10.00    

         8422.30.90.00    

         8422.40.10.00    

         8422.40.20.00    

         8422.40.90.00    

Artículo  2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario  Oficial.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 7 de octubre de 2003.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto  Carrasquilla Barrera.    

El  Ministro de Comercio, Industria y Turismo,    

Jorge  Humberto Botero.    

               

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