DECRETO 2736 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 2736 DE 2004    

(agosto 30)    

por el cual se adiciona el Presupuesto  General de la Nación para la vigencia fiscal de 2004.    

Nota: Esta adición al Presupuesto fue  liquidada mediante el Decreto 2875 de 2004    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en  especial la que le confiere el artículo 33 del Estatuto Orgánico del  Presupuesto, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Congreso de la República  en virtud del artículo 349 de la Constitución Política  expidió la Ley 848 de 2003, por  la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de  Apropiaciones para la vigencia fiscal de 2004, el cual se liquidó por medio del  Decreto 3787 de 2003;    

Que el artículo 352 de la Constitución Política le  otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente  a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General  de la Nación;    

Que el Gobierno de la República  de Colombia a través de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil,  suscribió el 12 de agosto de 2003 el Convenio ATN/MT-8208-CO con la Agencia  Colombiana de Cooperación Internacional y el Banco Interamericano de  Desarrollo, por valor de US$500.000 y cuyo objeto es el fortalecimiento de la  seguridad aeroportuaria del país, mediante la modificación y adaptación de los  marcos normativos, reforzamiento de los servicios administrativos de seguridad  aeroportuaria y la capacitación del personal necesario para garantizar la  operación eficiente y la aplicación de las normas;    

Que de acuerdo con la  certificación expedida por la Jefe del Grupo de Tesorería de la Unidad  Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, el 22 de abril de 2004 la entidad  recibió $523.400.000 provenientes del Convenio suscrito con la Agencia  Colombiana de Cooperación Internacional y el Banco Interamericano de  Desarrollo;    

Que el Consejo Directivo en  virtud de lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto  260 del 28 de enero de 2004, en la Sesión número 6 del 18 de mayo de 2004,  autorizó al Director de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil  para adelantar los trámites ante las instancias pertinentes para la  incorporación de dichos recursos en el presupuesto de ingresos y gastos de la  entidad para la vigencia fiscal de 2004;    

Que de conformidad con lo  establecido por el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de  la Nación, los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter  no reembolsables, hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General  de la Nación y se incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante decreto  del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano  receptor;    

Que de acuerdo con la  certificación expedida por la Jefe del Grupo de Presupuesto de la Unidad  Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, los recursos por $523.400.000  recibidos en desarrollo del Convenio ATN-MT-8208-CO se encuentran disponibles y  libres de afectación, pudiendo en consecuencia ser incorporados en el  presupuesto de ingresos y gastos de la entidad en la actual vigencia fiscal;    

Que el Departamento Nacional de  Planeación, mediante Oficio DIFP-SPSC-12-0031-2004 del 10 de marzo de 2004,  suscrito por el Director de Inversiones y Finanzas Públicas, emitió concepto  favorable sobre la adición de los recursos, al presupuesto de ingresos y gastos  de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil;    

Que por lo anterior es necesario  adicionar el Presupuesto General de la Nación del año 2004,    

DECRETA    

Artículo 1º. Presupuesto de  Rentas y Recursos de Capital. Adiciónese el presupuesto de rentas y recursos de  capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 2004, en la suma de  quinientos veintitrés millones cuatrocientos mil pesos ($523.400.000) moneda  legal, según el siguiente detalle:    

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL  DE LA NACION    

II-INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS 523.400.000    

241200 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL 

  DE AERONAUTICA CIVIL                          523.400.000    

B. RECURSOS DE CAPITAL                       523.400.000    

TOTAL ADICION INGRESOS                      523.400.000    

Artículo 2°. Presupuesto de  gastos. Adiciónese el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2004, en  la suma de quinientos veintitrés millones cuatrocientos mil pesos  ($523.400.000) moneda legal, según el siguiente detalle:    

ADICIONES-PRESUPUESTO GENERAL DE  LA NACION    

Cta.  Subc.         Concepto         Aporte  Recursos  Total

  Prog.                   Subp.                        Nacional Propios    

SECCION 241200    

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL 

  DE AERONAUTICA CIVIL    

C. PRESUPUESTO DE INVERSION       523.400.000 523.400.000    

510           ASISTENCIA  TECNICA, 

                  DIVULGACION                  523.400.000 523.400.000    

                Y  CAPACITACION A FUNCIONARIOS    

                DEL  ESTADO PARA APOYO A    

                LA  ADMINISTRACION DEL ESTADO    

      0608  TRANSPORTE AEREO        523.400.000 523.400.000    

TOTAL PRESUPUESTO SECCION  523.400.000 523.400.000    

TOTAL  ADICION GASTOS             523.400.000 523.400.000    

Artículo 3°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto  número 1934 del 15 de junio de 2004.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de  agosto de 2004.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *