DECRETO 273 DE 2004
(enero 29)
por el cual se adopta la planta de personal del Instituto Nacional de Salud, INS.
Nota: Derogado por el Decreto 2775 de 2012, artículo 6º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades Constitucionales y legales y en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los literales m) y n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Salud, INS, presentó los estudios de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó el certificado de viabilidad presupuestal.
Que la Junta Directiva del Instituto Nacional de Salud, mediante Acta número 8, de 11 de Noviembre de 2003, estableció la planta de personal y decidió someterla a consideración del Gobierno Nacional para su aprobación,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal del Instituto Nacional de Salud, INS, los siguientes cargos:
No. de cargos Dependencia y denominación del cargo Código Grado
Planta Global
(5) cinco Jefe de Oficina 2045 24
(12) doce Jefe de División 2040 22
(1) uno Analista Sistemas 4005 15
(1) uno Técnico Operativo 4080 10
(1) uno Técnico Administrativo 4065 09
(3) tres Auxiliar de Técnico 4110 06
(2) dos Asistente Administrativo 4140 15
(2) dos Auxiliar Administrativo 5120 10
(6) seis Auxiliar Administrativo 5120 08
(1) uno Auxiliar Administrativo 5120 12
(2) dos Secretario 5140 10
(5) cinco Secretario 5140 09
(1) uno Operario Calificado 5300 15
(3) tres Conductor Mecánico 5310 11
(3) tres Auxiliar de Servicios Generales 5335 15
(14) catorce Auxiliar de Servicios Generales 5335 09
(7) siete Auxiliar de Servicios Generales 5335 07
Artículo 2°. Las funciones propias de las diferentes dependencias del Instituto Nacional de Salud, INS, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:
No. de cargos Dependencia y denominación del cargo Código Grado
Despacho del Director
(1) uno Director General de Establecimiento Público 0015 20
(2) dos Asesor 1020 10
No. de cargos Dependencia y denominación del cargo Código Grado
Planta Global
(4) cuatro Subdirector General de Entidad Descentralizada 0040 16
(1) uno Secretario General de entidad descentralizada 0037 16
(1) uno Jefe de Oficina Asesora de Planeación 1045 08
(1) uno Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 08
(1) uno Jefe de Oficina 0137 14
(9) nueve Investigador Científico 3000 22
(16) dieciséis Investigador Científico 3000 20
(11) once Investigador Científico 3000 16
(4) cuatro Investigador Científico 3000 15
(12) doce Investigador Científico 3000 14
(11) once Investigador Científico 3000 12
(4) cuatro Profesional Especializado 3010 21
(4) cuatro Profesional Especializado 3010 20
(4) cuatro Profesional Especializado 3010 19
(11) once Profesional Especializado 3010 18
(8) ocho Profesional Especializado 3010 16
(6) seis Profesional Universitario 3020 14
(7) siete Profesional Universitario 3020 12
(15) quince Profesional Universitario 3020 10
(23) veintitrés Profesional Universitario 3020 08
(35) treinta y cinco Profesional Universitario 3020 06
(1) uno Analista Sistemas 4005 15
(3) tres Técnico Operativo 4080 12
(4) cuatro Técnico Operativo 4080 10
(8) ocho Auxiliar de Técnico 4110 06
(3) tres Asistente Administrativo 4140 15
(3) tres Secretario Ejecutivo 5040 18
(4) cuatro Secretario Ejecutivo 5040 20
(8) ocho Auxiliar Administrativo 5120 12
(7) siete Auxiliar Administrativo 5120 10
(14) catorce Auxiliar Administrativo 5120 08
(7) siete Secretario 5140 10
(5) cinco Secretario 5140 09
(3) tres Operario Calificado 5300 15
(12) doce Operario Calificado 5300 11
(5) cinco Conductor Mecánico 5310 11
(5) cinco Conductor Mecánico 5310 09
(11) once Auxiliar de Servicios Generales 5335 15
(26) veintiséis Auxiliar de Servicios Generales 5335 09
(35) treinta y cinco Auxiliar de Servicios Generales 5335 07
Artículo 3°. El Director General distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2° del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.
Artículo 4°. Los empleados públicos de carrera administrativa a quienes se les suprime el cargo como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 1º del presente decreto, y no sean incorporados podrán optar entre ser indemnizados o ser incorporados a empleos de carrera equivalentes, conforme a lo consagrado en la Ley 443 de 1998 y en los Decretos Reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto ley 1568 de 1998 y demás disposiciones que la reglamenten, modifiquen o adicionen.
Artículo 5°. La incorporación de los funcionarios a la nueva planta de personal que se adopta en el presente decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los siguientes treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de su publicación.
Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.
Artículo 6°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 1211 de 1995.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de enero de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de la Protección Social,
Diego Palacio Betancourt.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Antonio Grillo Rubiano.