DECRETO 2717 DE 2004
(agosto 26)
por el cual se delegan unas funciones constitucionales.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República se trasladará los días 31 de agosto y 1° de septiembre del presente año a la Ciudad de Panamá (Panamá), con el fin de asistir a la Ceremonia de Transmisión de Mando Presidencial del doctor Martín Torrijos;
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro del Interior y de Justicia, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario,
DECRETA:
Artículo 1°.Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro del Interior y de Justicia, doctor Sabas Pretelt de la Vega, las funciones correspondientes a los siguientes asuntos:
1. Artículos129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2; 303, 304 y314.
2. Artículo150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
3. Artículos163, 165 y 166.
4. Artículos200 y 201.
5. Artículos213, 214 y 215.
Artículo 2°.El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de agosto de 2004.