DECRETO 26 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 26 DE 2004    

(enero 8)    

por el cual se crea y  reglamenta la Condecoración al Mérito Transportador y al Mérito de la  Infraestructura del Transporte.    

El Presidente de la  República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Ministerio de  Transporte como órgano fijador y regulador de los planes, programas y proyectos  en materia de Tránsito, Transporte e Infraestructura, cuenta con entidades  públicas y privadas que aportan su concurso para la consolidación y el adecuado  cumplimiento de sus funciones;    

Que es necesario exaltar  la labor de los funcionarios, entidades oficiales o privadas que sobresalen en  el ejercicio institucional que hayan prestado distinguidos servicios a la  Nación, a través del desempeño de altos cargos públicos y privados, de su  actividad docente o empresarial o aportado al desarrollo del país,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Créase la  condecoración al Mérito Transportador y al Mérito de la Infraestructura del  Transporte destinada a exaltar los logros de servidores públicos, entidades  públicas o de derecho privado que contribuyan de manera loable o aporten  servicios destacados o actividades sobresalientes al desarrollo del sector.    

Artículo 2°. La  condecoración se concederá a servidores públicos y demás personas naturales o  jurídicas, nacionales o extranjeras que participen en actividades encaminadas  al desarrollo del sector. El Ministerio de Transporte reglamentará los grados  que correspondan y las calidades exigidas para dicha condecoración.    

Artículo 3°. El  otorgamiento de la condecoración se dispondrá mediante decreto y su imposición  la hará el Presidente de la República o, la persona a quien este delegue.    

Artículo 4°. La imposición  de la condecoración y entrega del diploma que acredite el otorgamiento, se  efectuará en ceremonia especial.    

Artículo 5°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 8  de enero de 2004.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Transporte,    

Andrés Uriel Gallego Henao.    

               

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