DECRETO 2553 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 2553 DE 2004    

(agosto 10)    

por el cual se suprimen cargos  vacantes de la planta de personal    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere  el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 18 de la Ley 790 de 2002 y el Decreto 190 de 2003,  disponen que los cargos que quedaren vacantes, como consecuencia de la  jubilación o pensión de vejez de los servidores públicos que los desempeñen,  deberán ser suprimidos;    

Que el Departamento Administrativo de la  Presidencia de la República, presentó al Departamento Administrativo de la  Función Pública, la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148  y 155 del Decreto 1572 de 1998,  modificado por el Decreto 2504 de 1998,  para efectos de modificar la planta de personal del Departamento Administrativo  de la Presidencia de la República, encontrándola ajustada técnicamente  emitiendo en consecuencia, concepto técnico previo favorable;    

Que  para los fines de este decreto se cuenta con el concepto de la Dirección  General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito  Público,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Suprímense en la planta de personal  global del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, los  siguientes cargos vacantes:    

N° de cargos                          Nivel  y denominación del empleo  Código       Grado    

PLANTA  GLOBAL    

                  Profesional    

(1) Uno       Profesional                                    430      27    

                  Ejecución    

(1) Uno       Auxiliar administrativo                    628      15    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 954 de 2001  y deroga las disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 10 de agosto de 2004.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

El  Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,    

Bernardo Moreno Villegas.    

El  Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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