DECRETO 2494 DE 2004
(agosto 4)
por el cual se suprimen cargos vacantes de la planta de personal de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998 y que cuenta con concepto favorable de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional para modificar su planta de personal;
Que la Junta Directiva de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, en sesión del 9 de julio de 2004, debatió y aprobó la propuesta de supresión de empleos vacantes de la planta de personal y determinó presentarla al Gobierno Nacional para su aprobación, de acuerdo con el Acta número 05 del 9 de julio de 2004,
DECRETA:
Artículo 1º. Suprímense de la planta de personal de trabajadores oficiales de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, seiscientos cincuenta y siete (657) cargos vacantes.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 611 del 10 de marzo de 1997 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 4 de agosto de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de la Protección Social,
Diego Palacio Betancourt.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Pubiano.