DECRETO 2424 DE 2004
(agosto 2)
por medio del cual se suprimen y se crean unos cargos en la planta externa
del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense en la planta externa de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, los siguientes cargos:
País Ciudad Misión Cargo Cant.
Alemania Berlín Embajada Canciller 11 PA 1
Costa Rica San José Embajada </span>Canciller 13 PA1
EstadosUnidosNueva YorkConsuladoAuxiliar Administrativo
deAméricaBilingüe 12PA1
EstadosUnidosNueva YorkDelegaciónAuxiliar Administrativo
de AméricaONUBilingüe 9 PA1
FranciaParísConsuladoAuxiliar Administrativo 10 PA1
FranciaParísDelegaciónAuxiliar Administrativo 7 PA1
Unesco
FranciaParísEmbajadaEmbajador Alterno 7 EX1
FranciaParísEmbajadaTercer Secretario 1 EX,
Encargado de Funciones
Culturales1
FranciaParísEmbajadaPrimer Secretario 3 EX1
Gran BretañaLondresEmbajadaMinistro Consejero 5 EX1
JapónTokioEmbajadaPrimer Secretario 3 EX
JapónTokioEmbajadaPrimer Secretario 3 EX,
Encargado de Funciones
Consulares
JapónTokioEmbajadaSegundo Secretario 2 EX1
PanamáPanamáConsuladoAuxiliar Administrativo 10 PA1
SueciaEstocolmoEmbajadaConsejero 4 EX
SueciaEstocolmoEmbajadaPrimer Secretario, 3 EX,
Encargado de Funciones
Consulares1
SuizaGinebraDelegación
GattRepresentante Permanente 7 EX1
VenezuelaBarinasCons uladoAuxiliar Administrativo 5 PA1
VenezuelaCaracasEmbajadaAuxiliar Administrativo 5 PA
(Local)1
VenezuelaSan CristóbalConsuladoAuxiliar Administrativo 6 PA1
VenezuelaSan Fernando
de AtabapoConsuladoCónsul de Segunda Clase 2 EX1
VenezuelaSan Fernando
de AtabapoConsuladoAuxiliar Administrativo 5 PA1
Parágrafo. Los cargos de naturaleza “Local” o losfuncionarios que tengan su residencia o nacionalidad en el país sede de lamisión, no tendrán derecho a las asignaciones por concepto de prima deinstalación, viáticos, menaje y pasajes, de conformidad con lo establecido en elparágrafo 3° del artículo 62 del Decreto ley 274 de 2000 y el Decreto 2078 del28 de junio de 2004.
Artículo 2°.Créanseen la planta externa depersonal del Ministerio de Relaciones Exteriores, los siguientescargos:
PaísCiudadMisión CargoCant.
AlemaniaBerlínEmbajadaAuxiliar Administrativo 11 PA1
CostaRicaSan JoséEmbajadaAuxiliar Administrativo 6 PA2
CubaLa HabanaEmbajadaPrimer Secretario 3 EX1
EstadosUnidos
de AméricaNuevaYorkConsuladoAuxiliar Administrativo 12 PA1
FranciaParísEmbajadaPrimer Secretario 3 EX,
Encargadode Funciones
Culturales1
FranciaParísEmbajadaTercer Secretario 1 EX1
FranciaParísConsuladoCanciller 10 PA1
FranciaParísDelegación
UnescoEmbajador Alterno7 EX1
GranBretañaLondresConsuladoAuxiliar Administrativo 3 PA1
JapónTokio Embajada Primer Secretario 3 EX 1
Japón Tokio Embajada Segundo Secretario 2 EX,
Encargado de Funciones
Consulares 1
Japón Tokio Embajada Auxiliar Administrativo 6 PA 3
Japón Tokio Embajada Auxiliar Administrativo 4 PA 1
Malasia Kuala Lumpur Embajada Segundo Secretario 2 EX 1
Panamá Panamá Consulado Auxiliar Administrativo 12 PA 1
Suecia Estocolmo Embajada Consejero 4 EX, Encargado
de Funciones Consulares 1
Suecia Estocolmo Embajada Primer Secretario 3 EX 1
Suiza Ginebra Delegación Embajador Representante
OMC Permanente 7 EX 1
Venezuela Barinas Consulado Auxiliar Administrativo 5 PA 1
Venezuela Barquisimeto Consulado Cónsul de Segunda Clase 2 EX 1
Venezuela Barquisimeto Consulado Auxiliar Administrativo 5 PA
Venezuela Caracas Embajada Auxiliar Administrativo 5 PA 1
Venezuela San Antonio
del Tachira Consulado Auxiliar Administrativo 2 PA 1
Venezuela San Cristóbal Consulado Auxiliar Administrativo 2 PA 1
Parágrafo. Los cargos administrativos que se relacionan a continuación no harán parte de los despachos de los Jefes de Misión Diplomática y Consular de Colombia y continuarán en dichas misiones haciendo parte de la planta de cada una de ellas.
País Ciudad Misión Cargo Cant.
Francia París Consulado Canciller 10 PA 1
Panamá Panamá Consulado Auxiliar Administrativo 12 PA 1
Venezuela Barinas Consulado Auxiliar Administrativo 5 PA 1
Artículo 3°. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de agosto de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Carolina Barco
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.