DECRETO 2290 DE 2003

Decretos 2003

DECRETO 2290  DE 2003    

(agosto 12)    

por el cual se modifica el Decreto  3048 del 23 de diciembre de 1997    

Nota 1: Derogado por el Decreto 1313 de 2008,  artículo 11.    

Nota 2: Derogado parcialmente por  el Decreto 737 de 2006.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio  de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere  el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de  Colombia y el artículo 7° de la Ley 397 de 1997,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Modifícase el artículo 2° del Decreto 3048 de 1997,  el cual quedará así:    

“Artículo 2°. El Consejo de Monumentos Nacionales  estará integrado de la siguiente forma:    

1. El Ministro de Cultura o su delegado, quien lo  presidirá.    

2. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su  delegado.    

3. El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo  Territorial o su delegado.    

4. El Decano de la Facultad de Artes de la Universidad  Nacional de Colombia.    

5. El Presidente de la Academia Colombiana de Historia o  su delegado.    

6. El presidente de la Sociedad Colombiana de Arquitectos  o su delegado.    

7. Derogado por el  Decreto 737 de 2006,  artículo 2º. El Director General del Instituto Colombiano de Antropología e Historia  “ICANH”.    

8. Cuatro (4) expertos distinguidos en el ámbito de la  conservación del Patrimonio Cultural designados por el Ministro de Cultura.    

9. El Director de la Dirección de Patrimonio del  Ministerio de Cultura, quien participará en las sesiones con voz pero sin voto.    

A las sesiones del Consejo de Monumentos Nacionales  podrán ser invitados con voz pero sin voto, los funcionarios públicos y las  demás person as que el Consejo estime conveniente, con el fin de obtener una  mayor ilustración sobre los temas sometidos a su consideración”.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su  publicación, modifica en lo pertinente el artículo 2° del Decreto 3048 de 1997  y deroga el artículo 1° del Decreto 1479 de 1999.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 12 de agosto de 2003.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

La Ministra de Cultura,    

María Consuelo Araújo Castro.    

               

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