DECRETO 2289 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 2289 DE 2004    

(julio 16)    

por el cual se confiere la  condecoración al “Mérito Transportador”.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y legales, en  especial las que le confiere el artículo 3° del Decreto 26 de 2004,  y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  0026 del 8 de enero de 2004, se creó la condecoración al Mérito  Transportador y al Mérito de la Infraestructura del Transporte, destinada a  exaltar los logros de los servidores públicos, entidades públicas o de derecho  privado que contribuyan de manera loable o aporten servicios destacados o  actividades sobresalientes al desarrollo del sector;    

Que mediante Resolución 000760  del 5 de abril de 2004, se reglamentó dicha condecoración y se establecieron los  grados para ser otorgada;    

Que para el Grado “Cruz  de Caballero” a juicio del Consejo de la Condecoración, se podrá otorgar a  quienes por sus actuaciones profesionales le hayan prestado connotados  servicios al sector;    

Que como es tradicional en el  mes de julio el sector transporte celebra la fiesta de la Virgen del Carmen,  patrona de los conductores, fecha que se aprovechará para hacer un  reconocimiento a esta profesión, para lo cual los diferentes gremios han  postulado a conductores que por sus condiciones profesionales han demostrado  capacidad, abnegación, responsabilidad y un alto grado de compromiso con su  oficio al servicio de los usuarios y de las diferentes empresas, hechos que los  destacan como líderes dentro de su agremiación y de su familia, liderazgo que  han forjado a través de los años, producto de su dedicación y esfuerzo;    

En mérito de lo anterior,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Conferir la  condecoración al Mérito Transportador en el Grado “Cruz de Caballero”  a los siguientes conductores colombianos:    

Nemesio Castillo Rosas-Cédula  de ciudadanía 13058865    

En la Modalidad de Transporte  de Carga.    

Ricardo Fernando Patiño  Vargas-Cédula de ciudadanía 17172951    

En la Modalidad de Transporte  Taxis.    

Francisco Israel Peraza  Rodríguez-Cédula de ciudadanía 5932153    

En la Modalidad de Transporte  Urbano.    

José Joaquín Salinas-Cédula de  ciudadanía 2399654    

En la Modalidad de Transporte  Especial.    

Hernán Acevedo Durán-Cédula de  ciudadanía 91271692    

En la Modalidad de Transporte  Intermunicipal.    

Héctor Manuel Amaya  Báez-Cédula de ciudadanía 17084953    

Conductor Distinguido del  Ministerio de Transporte.    

Artículo 2°. Delégase al señor  Ministro de Transporte para que en ceremonia especial haga entrega de dicha  condecoración.    

Artículo 3°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 16 de  julio de 2004.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Transporte,    

Andrés Uriel Gallego Henao.    

               

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