DECRETO 2232 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 2232 DE 2004    

(julio 13)    

por el cual se suprimen unos cargos de la planta de  personal de las Residencias Femeninas del Ministerio de Educación Nacional en  Liquidación.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el  numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto  950 del 11 de abril de 2003, por el cual se suprime el establecimiento  público Residencias Femeninas del Ministerio de Educación Nacional y se ordena  su liquidación;    

Que Residencias Femeninas del Ministerio de Educación  Nacional en liquidación, presentó al Departamento Administrativo de la Función  Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148  y 155 del Decreto 1572 de 1998,  modificado por el Decreto 2504 de 1998,  para efectos de suprimir unos cargos de la planta de personal de esta entidad,  el cual obtuvo concepto favorable de este Departamento Administrativo;    

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional  del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó el certificado de  viabilidad presupuestal,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Suprímense de la Planta de Personal de las  Residencias Femeninas del Ministerio de Educación Nacional en liquidación, los  siguientes cargos:    

Nº de  cargos                  Dependencia y  denominación del empleo    Código      Grado    

              PLANTA GLOBAL                                   

1 (uno)      Director Centro                      2105    10    

1 (uno)      Técnico  Administrativo              4065    13    

Artículo 2º. Los empleados públicos de carrera administrativa  a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el artículo  primero del presente decreto, tendrán derecho a optar por la indemnización o  por la incorporación a empleo equivalente de conformidad con lo consagrado en  la Ley 443 de 1998, y en  los Decretos Reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con  sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 1568 y demás normas vigentes  sobre la materia.    

Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha  de su publicación, y deroga el Decreto  2918 del 5 de diciembre de 1997.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 13 de julio de 2004.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

La Ministra de Educación Nacional,    

Cecilia María Vélez White.    

El Director del Departamento Administrativo de la Función  Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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