DECRETO 2190 DE 2003

Decretos 2003

DECRETO 2190 DE 2003    

(agosto 4)    

por el cual se promueve la  Condecoración Orden de Boyacá 

  a unos Oficiales Generales, de las Fuerzas Militares    

El Presidente de la  República de Colombia, en uso de las fa cultades Constitucionales y legales, en  especial la que le confiere el artículo 11 del Decreto 2396 de 1954,  modificado por el Decreto 3273 de 1980,  y    

CONSIDERANDO:    

Que la Orden de Boyacá fue  creada por el Libertador para premiar los esfuerzos y sacrificios de los  próceres y restablecida con ocasión del primer centenario de la batalla que  selló la independencia de Colombia, es galardón valiosísimo que se otorga a los  Oficiales que se hayan señalado por sus servicios a las Fuerzas Militares o a  la Patria;    

Que el artículo 17 del Decreto 2396 de 1954,  dispone que la Orden de Boyacá en el grado de “Gran Cruz” podrá  conferirse a los Generales de las Fuerzas Armadas;    

Que los señores Generales  aquí mencionados, durante su trayectoria militar se han distinguido por sus  meritorios servicios prestados a la Patria y a la Institución y han honrado con  sus virtudes la carrera de las armas, ocupando los más altos cargos dentro de  la carrera militar;    

Que igualmente la norma  arriba citada, establece que la Orden conferida puede ser objeto de promoción  en las categorías que determina el mismo decreto, y los señores oficiales que  se relacionan han obtenido los méritos necesarios para que la misma orden, sea  objeto de promoción a una categoría superior;    

Que corresponde al  Gobierno Nacional premiar a quienes con desprendimiento de sus intereses, se  consagran al servicio de la Nación,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Promuévese la  condecoración “Orden de Boyacá” al Grado de “Gran Cruz” a  los siguientes señores Oficiales Generales de las Fuerzas Militares de  Colombia:    

General                                Jairo García  Camargo     CM.    6633059    

General                                Euclides Sánchez  Vargas         CM.    6580910    

General                                Carlos Alberto  Ospina Ovalle    CM.    6563352    

General                                Edgar Alfonso  Lesmes Abad    CM.    6547111    

Artículo 2°. La  condecoración otorgada en el presente decreto, será impuesta a los agraciados  en acto especial, conforme lo dispone el Reglamento de Ceremonial Militar.  FF.MM. 3-10 de 1999, el día 7 agosto de 2003.    

Artículo 3°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 4  de agosto de 2003.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

La Ministra de Relaciones  Exteriores    

Carolina Barco.    

La Ministra de Defensa  Nacional,    

Marta Lucía Ramír ez de Rincón.    

               

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