DECRETO 2145 DE 2003

Decretos 2003

DECRETO 2145 DE 2003    

(julio 30)    

por el cual se honra la memoria de Carlos Lemos  Simmonds    

El Presidente de la República  de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales, y    

CONSIDERANDO:    

Que ha fallecido en la ciudad de Bogotá, D. C., el  doctor Carlos Lemos Simmonds;    

Que el doctor Lemos Simmonds fue un estudioso  incansable de la problemática colombiana y un defensor de las instituciones  democráticas;    

Que a lo largo de su trayectoria, prestó valiosos  servicios al país como Concejal, Congresista, Ministro de Estado, Presidente y  Vicepresidente de la República y diplomático, participando como representante  de Colombia en foros tan importantes como la Organización de Estados  Americanos;    

Que en su desempeño como miembro de la Asamblea  Nacional Constituyente demostró que cuando el papel de legislador se asume con  plena responsabilidad, permite servir al país y a los intereses nacionales;    

Que habiendo conocido desde muy joven el poder  mágico de la palabra la utilizó con brillante insolencia y fino humor para  asumir una posición crítica con respecto del referente de lo político en  nuestra época y para controvertir todo aquello que fuese contrario a los  principios que le eran caros: lucha contra la pobreza, fortalecimiento de la democracia  y la participación, y respeto por el puralismo y la diversidad;    

Su acervo intelectual, fuente de la universalidad  de su visión, se expresó a través de su talante fuerte y claro y en piezas  periodísticas de rara perfección y lucidez que le permitían levantar polvaredas  o ampliar las perspectivas y despejar caminos;    

Que la templanza y disciplina de un hombre de  trabajo y estudio al igual que sus calidades humanas e intelectuales dejaron  una huella imborrable en el corazón de sus conocidos, sus amigos y su familia;    

Que la desaparición del doctor Carlos Lemos  Simmonds priva a la patria de un hombre cuyo quehacer, desarrollado a través de  la reflexión, la discusión, el análisis y la escritura, abrió una panorámica  enriquecedora en el debate político del país;    

Que es deber del Gobierno Nacional honrar la  memoria de quienes han servido a Colombia como lo hizo el doctor Carlos Lemos  Simmonds,    

DECRETA:    

Artículo 1º. El Gobierno Nacional expresa su  profundo pesar por la desaparición del ex Presidente de la República doctor  Carlos Lemos Simmonds.    

Artículo 2º. Exáltase la memoria del doctor Carlos  Lemos Simmonds para que perdure y sirva de ejemplo para las nuevas  generaciones.    

Artículo 3º. Decrétase duelo nacional por el  término de dos días durante los cuales se izará el Pabellón Nacional a media  asta en todos los edificios públicos del país y las Embajadas de Colombia en el  exterior.    

Artículo 4º. Copia de este decreto, en nota de  estilo será entregada a la esposa y los miembros de la familia del doctor  Carlos Lemos Simmonds.    

Artículo 5º. El presente decreto rige a partir de  la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de julio de 2003.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Fernando Londoño Hoyos.              

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