DECRETO 2101 DE 2003

Decretos 2003

DECRETO 2101 DE 2003    

(julio  29)    

por el cual se modifica  parcialmente el Decreto 321 de 2002    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus  facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral  11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de lo previsto  en los artículos 1º y 7º de la Ley 101 de 1993 y 45  de la Ley 489 de 1998,    

CONSIDERANDO:    

Que el Proyecto Apoyo a Alianzas Productivas pretende conjurar los  esfuerzos del Gobierno Nacional, para apoyar a los pequeños productores del  sector, a través de los entes que orientan la política agropecuaria, de  comercio exterior y medio ambiente;    

Que el Proyecto Apoyo a Alianzas Productivas desarrolla estrategias de  capacitación del recurso humano, el acceso al conocimiento, desarrollo  tecnológico y mejoramiento institucional de las organizaciones productivas del  sector;    

Que para canalizar y organizar el apoyo intersectorial que requieren  las alianzas, es necesario ampliar la conformación de la Comisión que orienta  el desarrollo del Proyecto Apoyo a Alianzas Productivas,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Modificar el artículo 2º del Decreto 321 de 2002,  el cual quedará así:    

“Dirección y ejecución del proyecto. Crease una Comisión  Intersectorial para la orientación y dirección del Proyecto Apoyo a Alianzas  Productivas integrada por el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, quien  la presidirá o su delegado, el Director del Departamento Nacional de Planeación  o su delegado, el Director Ejecutivo del Fondo de Inversiones para la Paz o su  delegado, el Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o su  delegado, el Presidente de Proexport o su delegado,  el Director General del Sena o su delegado, el Gerente General del Incoder o su delegado, cuando se trate de subproyectos con beneficiarios de la Reforma Agraria.  Asistirán como invitados especiales, un representante del sector financiero,  uno de las asociaciones representativas de las empresas comercializadoras o  agroindustriales y uno a nombre de las organizaciones de pequeños productores.    

La administración y ejecución del Proyecto Apoyo a Alianzas  Productivas corresponderá al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con  arreglo a sus propias competencias y a través de un Grupo Coordinador del  Proyecto.    

La designación o elección de las personas que actúen a nombre del  sector financiero, de las asociaciones representativas de las empresas  comercializadoras o agroindustriales y de las organizaciones de pequeños  productores, se hará, en su orden, por los intermediarios financieros  participantes en el proyecto por las entidades u organizaciones privadas  competentes de manera concertada, y por las asociaciones empresariales de  pequeños productores vinculados a subproyectos de  Alianzas en funcionamiento, previa solicitud que formule el Ministerio de  Agricultura y Desarrollo Rural, durante el mes siguiente a la expedición de  este decreto.    

Parágrafo. La designación de representantes del sector financiero, las  empresas y organizaciones tendrá vigencia de un año. En todos los casos su  participación en la Comisión se hará con voz, pero sin voto.    

Nota, artículo 1º: Ver artículo 2.14.4.2. del Decreto 1071 de 2015,  Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario,  Pesquero y de Desarrollo Rural.    

Artículo 2º. A partir de la vigencia del presente decreto el Proyecto  Alianzas Productivas para la Paz regulado en el Decreto 321 de 2002  se denominará Proyecto Apoyo a Alianzas Productivas.    

Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de su publicación y  modifica en lo pertinente el Decreto 321 de 2000.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de julio de 2003.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,    

Carlos Gustavo Cano Sanz.    

La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,    

Cecilia  Rodríguez González-Rubio              

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