DECRETO 2085 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 2085 DE 2004    

(junio 28)    

por el cual se nombran unos Miembros en  la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Arauca.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y  legales, en especial de las conferidas por el artículo 80 del Decreto ley 410 de  1971 y el Decreto 726 de 2000,    

CONSIDERANDO:    

Que de acuerdo con  lo dispuesto en el artículo 80 del Código de Comercio, el Gobierno Nacional  estará representado en las Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio hasta  en una tercera parte de cada Junta;    

Que el artículo 12  del Decreto 898 de 2002  establece que las Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio se integrarán  teniendo en cuenta el número de comerciantes con matrícula vigente al 31 de  diciembre del año inmediatamente anterior al que se realice la elección, de la  siguiente manera:    

1. Las Cámaras de  Comercio que tengan hasta 15.000 comerciantes, seis (6) miembros principales y  seis (6) suplentes personales.    

2. Las Cámaras de  Comercio con más de 15.000 y hasta 30.000 comerciantes, nueve (9) miembros  principales y nueve (9) miembros suplentes personales.    

3. Las Cámaras de  Comercio con más de 30.000 comerciantes, doce (12) miembros principales y doce  (12) suplentes personales.    

Que de conformidad  con las normas citadas y según cuadro suministrado por la Superintendencia de  Industria y Comercio, la Cámara de Comercio de Arauca se encuadra dentro del  rango establecido en el numeral primero del artículo 12 del Decreto 898 de 2002.    

Que con fundamento  en lo anterior, el número de representantes del Gobierno Nacional en la Cámara  de Comercio de Arauca es de dos (2) miembros principales y dos (2) miembros  suplentes personales.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Nómbrase  al doctor Alvaro de Jesús Ochoa Holguín, identificado con la cédula de  ciudadanía número 17580880 de Arauca, como Miembro Principal en representación  del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Arauca  en reemplazo del doctor Víctor Manuel Capacho Gómez.    

Artículo 2°.  Nómbrase al doctor Francisco Alberto González Medina, identificado con la  cédula de ciudadanía número 4210803 de Pesca, Boyacá, como Miembro Principal en  representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de  Comercio de Arauca, en reemplazo del doctor Leonardo Pulido Martínez.    

Artículo 3°.  Nómbrase al doctor Luis Felipe Guzmán Díaz, identificado con la cédula de  ciudadanía número 5958080 de Mariquita, Tolima, como Miembro Suplente en  representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de  Comercio de Arauca, en reemplazo del doctor José Luis Restrepo Echeverri.    

Artículo 4°.  Nómbrase al doctor Luis Emilio López, identificado con la cédula de ciudadanía  número 17189430 de Bogotá, como Miembro Suplente en representación del Gobierno  Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Arauca, en reemplazo  del doctor Gustavo Hernández.    

Artículo 5°. Los  nuevos directivos nombrados, deberán posesionarse ante la Junta Directiva de la  respectiva Cámara de Comercio.    

Artículo 6°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Comuníquese,  publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.  C., a 28 de junio de 2004.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de  Comercio, Industria y Turismo,    

Jorge Humberto Botero.    

               

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