DECRETO 207 DE 2004
(enero 27)
por medio del cual se suprimen cargos vacantes de la planta de personal de la Superintendencia Bancaria de Colombia.
Nota 1: Derogado por el Decreto 4328 de 2005, artículo 11.
Nota 2: Modificado por el Decreto 2972 de 2005.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Superintendencia Bancaria de Colombia presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que tratan el artículo 41 de la Ley 443 de 1998 y los artículos 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, el cual emitió concepto técnico favorable, y cuenta con el concepto de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal,
DECRETA:
Artículo 1º. Suprímense de la planta de personal de la Superintendencia Bancaria de Colombia, los siguientes cargos vacantes:
Nº DE DEPENDENCIA Y DENOMINACION EMPLEOS DEL EMPLEO CODIGO GRADO
PLANTA GLOBAL
1 (UNO) ASESOR 1020 02
1(UNO) ASESOR 1020 05
1(UNO) ASESOR 1020 07
2(DOS) ASESOR 1020 10
1(UNO) PROFESIONAL ESPECIALIZADO 3010 15
1(UNO) PROFESIONAL ESPECIALIZADO 3010 18
1(UNO) PROFESIONAL UNIVERSITARIO 3020 08
2(DOS) PROFESIONAL UNIVERSITARIO 3020 09
2(DOS) PROFESIONAL UNIVERSITARIO 3020 10
2(DOS) PROFESIONAL UNIVERSITARIO 3020 13
2(DOS) TECNICO ADMINISTRATIVO 4065 09
Nº DE DEPENDENCIA Y DENOMINACION EMPLEOS DEL EMPLEO CODIGO GRADO
1(UNO) TECNICO ADMINISTRATIVO 4065 11
1(UNO) TECNICO ADMINISTRATIVO 4065 12
1(UNO) SECRETARIO EJECUTIVO 5040 22
3(TRES) SECRETARIO EJECUTIVO 5040 24
1(UNO) SUPERVISOR 5105 23
4(CUATRO) AUXILIAR ADMINISTRATIVO 5120 09
4(CUATRO) AUXILIAR ADMINISTRATIVO 5120 11
2(DOS) AUXILIAR ADMINISTRATIVO 5120 13
1(UNO) AUXILIAR ADMINISTRATIVO 5120 16
2(DOS) SECRETARIO 5140 10
4(CUATRO) SECRETARIO 5140 13
1 (UNO) OPERARIO CALIFICADO 5300 11
2(DOS) CONDUCTOR MECANICO 5310 15
1(UNO) CONDUCTOR MECANICO 5310 19
Artículo 2. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica los Decretos 2708 de 1999, 2528 de 2000, 1578 y 3172 de 2002 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de enero de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera,
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.