DECRETO 196 DE 2004
(enero 26)
por el cual se modifica la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación y se dictan otras disposiciones .
Nota 1: Derogado por el Decreto 2190 de 2017, artículo 7º.
Nota 2: Modificado por el Decreto 1164 de 2013, por el Decreto 1833 de 2012, por el Decreto 3958 de 2010, por el Decreto 3518 de 2009, por el Decreto 4049 de 2007, por el Decreto 1679 de 2007, por el Decreto 4116 de 2006, por el Decreto 4356 de 2005, por el Decreto 2437 de 2005, por el Decreto 2356 de 2004 y por el Decreto 1408 de 2004.
Nota 3: Aclarado por el Decreto 670 de 2004.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Nacional de Planeación presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, a efectos de modificar su planta de personal, el cual lo encontró ajustado técnicamente y emitió, en consecuencia, concepto previo favorable;
Que para los fines de este decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó el certificado de viabilidad presupuestal,
DECRETA:
Artículo 1°. Ver Decreto 670 de 2004, artículo 1º. Suprímense de la Planta de Personal del Departamento Nacional de Planeación, los siguientes empleos:
Nºde cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado
DESPACHO DEL DIRECTOR
1(Uno) Asesor 1020 16
DESPACHO DEL SUBDIRECTOR
1(Uno) Asesor 1020 13
PLANTA GLOBAL
1(Uno) Director Técnico 0100 22
2(Dos) Subdirector Técnico 0150 20
1(Uno) Asesor 1020 13
1(Uno) Asesor 1020 11
2(Dos) Asesor 1020 08
Nºde cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado
3(Tres) Asesor 1020 07
2(Dos) Asesor 1020 06
1(Uno) Asesor 1020 04
1(Uno) Profesional Especializado 3010 19
11(Once) Profesional Especializado 3010 18
14(Catorce) Profesional Especializado 3010 16
16(Dieciséis) profesional Universitario 3020 13
1(Uno) Técnico Administrativo 4065 18
1(Uno) Técnico Administrativo 4065 13
1(Uno) Técnico Operativo 4080 18
3(Tres) Secretario Ejecutivo 5040 23
1(Uno) Secretario Ejecutivo 5040 22
6(Seis) Secretario Ejecutivo 5040 15
6(seis) Auxiliar Administrativo 5120 15
1(Uno) Auxiliar de Servicios Generales 5335 15
3(Tres) Auxiliar de Servicios Generales 5335 06
Artículo 2°. Las funciones propias del Departamento Nacional de Planeación, serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación:
Nºde cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado
DESPACHO DEL DIRECTOR
1 Uno Director de Departamento Administrativo 0010-
1 Uno Asesor 1020 16
4 Cuatro Asesor 1020 14
2 Dos Asesor 1020 13
1 Uno Asesor 1020 12
1 Uno Asesor 102 04
2 Dos Secretario Ejecutivo de Despacho de
Director de Departamento Administrativo 5230 25
3 Tres Conductor Mecánico 5310 15
1 Uno Auxiliar de Servicios Generales 5335 15
PLANTA DEL DESPACHO DEL SUBDIRECTOR
1 Uno Subdirector de Departamento Administrativo 0025-
13 Trece Asesor 1020 13
1 Uno Asesor 1020 12
2 Dos Secretario Ejecutivo del Despacho del Subdirector
de Departamento Administrativo 5240 24
1 Uno Conductor Mecánico 5310 15
PLANTA GLOBALIZADA
1 Uno Secretario General de Departamento
Administrativo 0035 22
2 Dos Jefe de Oficina 0137 20
10 Diez Director Técnico 0100 22
22 Veintidós Subdirector Técnico 0150 20
2 Dos Subdirector Administrativo 0150 20
1 Uno Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 15
11 Once Asesor 1020 13
4 Cuatro Asesor 1020 12
5 Cinco Asesor 1020 11
3 Tres Asesor 102 09
15 Quince Asesor 102 08
6 Seis Asesor 102 07
22 Veintidós Asesor 102 06
11 Once Asesor 102 04
2 Dos Profesional Especializado 3010 22
1 Uno Profesional Especializado 3010 19
28 Veintiocho Profesional Especializado 3010 18
33 Treinta y Tres Profesional Especializado 3010 16
20 Veinte Profesional Universitario 3020 13
2 Dos Técnico Administrativo 4065 18
1 Uno Técnico Administrativo 4065 17
1 Uno Técnico Administrativo 4065 05
4 Cuatro Técnico Operativo 4080 18
1 Uno Técnico Operativo 4080 15
3 Tres Técnico Operativo 4080 13
2 Dos Secretario Ejecutivo 5040 24
Nºde cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado
13 Trece Secretario Ejecutivo 5040 23
12 Doce Secretario Ejecutivo 5040 22
28 Veintiocho Secretario Ejecutivo 5040 15
11 Once Auxiliar Administrativo 5120 23
2 Dos Auxiliar Administrativo 5120 22
34 Treinta y Cuatro Auxiliar Administrativo 5120 15
18 Dieciocho Conductor Mecánico 5310 15
1 Uno Auxiliar de Servicios Generales 5335 17
11 Once Auxiliar de Servicios Generales 5335 15
8 Ocho Auxiliar de Servicios Generales 5335 11
7 Siete Auxiliar de Servicios Generales 533 58
19 Diecinueve Auxiliar de Servicios Generales 533 56
Artículo 3°. El Director del Departamento Nacional de Planeación, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Artículo 4°. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 2° del presente decreto, se efectuará dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999 y demás normas vigentes sobre la materia.
Parágrafo. Los empleados públicos vinculados al Departamento Nacional de Planeación continuarán percibiendo la remuneración mensual que venían devengando, hasta tanto se produzcan las incorporaciones a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.
Artículo 5°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto 1572 de 1998 modificado por el Decreto 2504 de 1998.
Artículo 6°. Los empleados de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° del presente decreto, tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a empleo equivalente, de conformidad con lo consagrado en la Ley 443 de 1998, en el Decreto Reglamentario 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con sujeción al procedimiento establecido en el decreto ley 1568 de 1998.
Artículo 7°. Los empleados que gozan de protección especial, de conformidad con la Ley 790 de 2002, el Decreto 190 de 2003 y la Ley 812 de 2003, continuarán vinculados a la planta de personal aprobada en el artículo 3° del presente decreto.
Artículo 8°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 1976 de 2000 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de enero de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Director del Departamento Nacional de Planeación,
Santiago Montenegro Trujillo
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.