DECRETO 1934 DE 2004
(junio 15)
por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2004.
Nota: Derogado por el Decreto 2736 de 2004, artículo 3º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 848 de 2003, por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 2004, el cual se liquidó por medio del Decreto 3787 de 2003;
Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;
Que el Gobierno de la República de Colombia a través de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, suscribió el 12 de agosto de 2003 el Convenio ATN/MT-8208-CO con la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional y el Banco Interamericano de Desarrollo, por valor de US$500.000 y cuyo objeto es el fortalecimiento de la seguridad aeroportuaria del país, mediante la modificación y adaptación de los marcos normativos, reforzamiento de los servicios administrativos de seguridad aeroportuaria y la capacitación del personal necesario para garantizar la operación eficiente y la aplicación de las normas;
Que de acuerdo con la certificación expedida por la Jefe del Grupo de Tesorería de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, el 22 de abril de 2004 la entidad recibió $523.400.000 provenientes del Convenio suscrito con la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional y el Banco Interamericano de Desarrollo;
Que el Consejo Directivo en virtud de lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto 260 del 28 de enero de 2004, en la Sesión número 6 del 18 de mayo de 2004, autorizó al Director de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil para adelantar los trámites ante las instancias pertinentes para la incorporación de dichos recursos en el presupuesto de ingresos y gastos de la entidad para la vigencia fiscal de 2004;
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor;
Que de acuerdo con la certificación expedida por la Jefe del Grupo de Presupuesto de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, los recursos por $523.400.000 recibidos en desarrollo del Convenio ATN-MT-8208-CO se encuentran disponibles y libres de afectación, pudiendo en consecuencia ser incorporados en el presupuesto de ingresos y gastos de la entidad en la actual vigencia fiscal;
Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante Oficio DIFP-SPSC-12-0031-2004 del 10 de marzo de 2004, suscrito por el Director de Inversiones y Finanzas Públicas, emitió concepto favorable sobre la adición de los recursos, al presupuesto de ingresos y gastos de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil;
Que por lo anterior es necesario adicionar el Presupuesto General de la Nación del año 2004,
DECRETA:
Artículo 1°. Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Adiciónese el presupuesto de rentas y recursos de capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 2004, en la suma de quinientos veintitrés millones cuatrocientos mil pesos ($523.400.000) moneda legal, según el siguiente detalle:
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
II-INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS 523.400.000
241200 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL
DE AERONAUTICA CIVIL 523.400.000
B. RECURSOS DE CAPITAL 523.400.000
Artículo 2°. Presupuesto de gastos. Adiciónese el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2004, en la suma de quinientos veintitrés millones cuatrocientos mil pesos ($523.400.000) moneda legal, según el siguiente detalle:
ADICIONES-PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
CTA. SUBC. CONCEPTO APORTE RECURSOS TOTAL
PROG. SUBP. NACIONAL PROPIOS
SECCION 241200
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL
DE AERONAUTICA CIVIL
C. PRESUPUESTO DE INVERSION 523.400.000 523.400.000
TOTAL PRESUPUESTO SECCION 523.400.000 523.400.000
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 15 de jun io de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.