DECRETO 1928 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 1928 DE 2004    

(junio 15)    

por el cual se suprimen unos cargos vacantes de la Planta  de Personal del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, en  liquidación.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  las facultades constitucionales y legales que le confieren el numeral 14 del  artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 18 de la Ley 790 de 2002  dispone que los cargos que quedaren vacantes, como consecuencia de la  jubilación o pensión de vejez de los servidores públicos que los desempeñaren,  deberán ser suprimidos;    

Que el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, en  Liquidación, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la  Justificación Técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148  y 155 del Decreto 1572 de 1998,  modificado por el Decreto 2504 de 1998  obteniendo Concepto Técnico Favorable de ese departamento, y cuenta con el  concepto de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del  Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta  de personal;    

Que la Junta Liquidadora del Instituto Nacional de Pesca y  Acuicultura, INPA, en Liquidación, sometió a aprobación del Gobierno Nacional  la supresión de cargos de su Planta de Personal, de conformidad con el Acuerdo  número 012 del 22 de diciembre de 2003, refrendado con Acuerdo número 007 del  10 de mayo de 2004,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Suprímense los siguientes cargos vacantes de  la Planta de Personal del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, en  Liquidación:    

Nº  cargos                                     Denominación  del cargo       Código       Grado    

PLANTA  GLOBAL    

1 Uno      Profesional Especializado                  3010     19    

1 Uno      Técnico Operativo                           4080     09    

1 Uno      Auxiliar Administrativo                      5120     09    

2 Dos      Operario  Calificado                          5300     09    

Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha  de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto  2325 del 29 de diciembre de 1995.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 15 de junio de 2004.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto  Carrasquilla Barrera.    

El  Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,    

Carlos  Gustavo Cano Sanz.    

El  Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Fernando  Grillo Rubiano.    

               

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