DECRETO 1885 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 1885 DE 2004    

(junio 9)    

por el cual se confiere la Condecoración Orden de Boyacá  en el Grado Gran Oficial a unos señores Oficiales Generales de la Policía  Nacional.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades  constitucionales y legales en especial la que le confiere el Decreto 2396 de 1954,  modificado por el Decreto 3273 de 1980,  y    

CONSIDERANDO:    

Que la Orden de Boyacá fue creada por el Libertador, para  premiar los esfuerzos y sacrificios de los próceres y restablecida con ocasión  del primer centenario de la batalla que selló la independencia de Colombia, es  galardón valiosísimo que se otorga a los oficiales que se hayan señalado por  sus servicios a la Patria;    

Que el artículo 1º del Decreto 3273 de 1980,  por el cual se modifican y concuerdan las disposiciones del Decreto 2396 de 1954  con las del Decreto 2919 de 1980,  señaló los grados que tiene la Orden de Boyacá;    

Que los señores Brigadieres Generales, Alberto Ruiz  García, Jaime Augusto Vera Garavito y Héctor García Guzmán se han distinguido  por sus méritos y abnegados servicios prestados a la Patria, a la Institución  Castrense y han honrado con sus virtudes la carrera de las armas;    

Que corresponde al Gobierno Nacional premiar a quienes con  desprendimiento de sus intereses, se consagran al servicio de la Nación,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Confiérase la Condecoración Orden de Boyacá  en el Grado de Gran Oficial, a los señores Oficiales Generales de la Policía  Nacional, que se indican a continuación:    

Brigadier General Alberto Ruiz García, cédula de  ciudadanía número 19167606    

Brigadier General Jaime Augusto Vera Garavito, cédula de  ciudadanía número 19213401    

Brigadier General Héctor García Guzmán, cédula de  ciudadanía número 14210710    

Artículo 2°. La condecoración otorgada en el presente decreto,  será impuesta a los agraciados de acuerdo con el Reglamento de Ceremonial y  Protocolo Policial.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha  de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de junio de 2004.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

Carolina Barco.    

El Ministro de Defensa Nacional,    

Jorge Alberto Uribe Echavarría.    

               

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