DECRETO 1593 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 1593  DE 2004    

(mayo 19)    

por el cual se modifica la planta de personal de la Administración  Postal Nacional, Adpostal.    

Nota:  Modificado parcialmente por el Decreto 4597 de 2006  y por el Decreto 2807 de 2006.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Administración Postal  Nacional presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la  justificación técnica de que trata el artículo 41 de la Ley 443 de 1998 y los  artículos 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998,  modificado por el Decreto 2504 de 1998,  para efectos de modificar su planta de personal, encontrándose ajustado  técnicamente, emitiendo, en consecuencia, concepto previo favorable;    

Que la Junta Directiva de la  Administración Postal Nacional, Adpostal, de acuerdo con el Acta número 767 del  26 de marzo de 2004, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la  supresión de los cargos vacantes de su planta de personal;    

Que para los fines de este decreto, la Dirección General  del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,  otorgó el certificado de viabilidad presupuestal,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Suprímense ciento  setenta y tres (173) cargos vacantes de trabajadores oficiales de la planta de  personal de la Administración Postal Nacional, Adpostal.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le  sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de mayo de 2004.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

La Ministra de Comunicaciones,    

Martha Elena Pinto De Hart.    

El Director del Departamento Administrativo de la Función  Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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