DECRETO 1588 DE 2004
(mayo 19)
por el cual se otorga la “Orden al Mérito Julio Garavito”.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 2° del Decreto 1958 de 1964, modificado por el Decreto 857 de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 135 de 1963 estableció la condecoración “Orden al Mérito Julio Garavito”, destinada a exaltar la labor de los ingenieros colombianos y de las entidades oficiales o privadas de sobresaliente ejercicio institucional;
Que mediante Decreto 1958 del 31 de julio de 1964, se dictaron los Estatutos de la “Orden al Mérito Julio Garavito”, los cuales fueron modificados por el Decreto 857 del 29 de abril de 1994;
Que es necesario realzar la labor de los ingenieros colombianos que han prestado señalados servicios a la Nación y al desarrollo del país a través del desempeño de altos cargos públicos y privados, de su actividad docente y del ejercicio profesional;
Que el Consejo de la Orden, en sesión del 6 de mayo de 2004, ha propuesto los nombres de quienes a su juicio son merecedores del otorgamiento de las respectivas condecoraciones;
Que corresponde al Presidente de la República otorgar los diferentes grados de la Orden, de acuerdo con las calidades exigidas,
DECRETA:
Artículo 1°. Otorgar la condecoración de la “Orden al Mérito Julio Garavito” a los siguientes Ingenieros colombianos, así:
En el Grado de Gran Cruz, a
José Enrique Rizzo Pombo C.C. 881768 de Cartagena
Guillermo Gaviria Correa Homenaje Póstumo
En el Grado de Gran Oficial, a
Gladys Alvarado de Valderrama C.C. 20159845 de Bogotá
Antonio Castilla Samper (Ascenso) C.C. 482 de Bogotá
En el Grado de Cruz de Comendador, a:
Alfredo Vega Córdoba C.C. 2423994 de Cali
Elkin Alvaro Castrillón Oberndorfer C.C. 8241333 de Medellín
Roberto Maldonado Guilfoyle C.C. 158709 de Bogotá
En el Grado de Cruz de Oficial, a:
Roberto Dávila Aristizábal C.C. 3340285 de Medellín
Alejandro Palacios Otero C.C. 4607518 de Popayán
Jaime Salazar Contreras C.C. 19192139 de Bogotá
En el Grado de Cruz de Caballero, a:
Hernando Patiño Ortiz C.C. 17020994 de Bogotá
Jaime Osorio Puccini C.C. 4603785 de Popayán
Pedro Antonio Gutiérrez Visbal C.C. 17190137 de Bogotá
Neftis Cardona Tirado C.C. 32474399 de Medellín
Artículo 2°. Otorgar la condecoración en el Grado de Cruz de Plata a la Asociación Caucana de Ingenieros, NIT 891.501.929-1.
Artículo 3°: El Ministro de Transporte expedirá los correspondientes diplomas que acreditan el otorgamiento de la condecoración “Orden al Mérito Julio Garavito”.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de mayo de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Transporte,
Andrés Uriel Gallego Henao.